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Índice hechos probados el frente institucional de eta


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- El día 21/10/1982, el diario EGIN recoge un comunicado de ETA en el que pide el voto para las candidaturas electorales de HERRI BATASUNA.

- El 11/11/1982, la Fiscalía General del Estado se querella contra el dirigente de HERRI BATASUNA JUAN CRUZ IDÍGORAS GUERRICABEITIA por unas manifestaciones en las que afirma que “negociar con HB es lo mismo que negociar con ETA”, y que “los votos conseguidos por la coalición son votos a ETA”.

- El día 06/08/1984, el responsable de HERRI BATASUNA JOSÉ LUIS CERECEDA GARAYO realiza en los medios de comunicación social un llamamiento para la integración en ETA.

- El día 06/03/1986, en el curso de un acto de homenaje a Telesforo Monzón, el dirigente de HERRI BATASUNA IÑAKI ESANAOLA ETXEBERRI manifestó que “ETA no es ningún poder fáctico, ETA somos nosotros”.

- El 26/11/1986, en declaraciones al diario EGIN, el máximo dirigente de ETA, TXOMIN ITURBE ABASOLO manifestó que “solo hay una solución para Euskadi: la Alternativa KAS, y un voto útil, el único con contenido abertzale consecuente, el voto a H.B”.

- El 19/04/1992, el portavoz de HERRI BATASUNA, Floren AOIZ MONREAL, manifestaba que las opiniones del abogado Iñaki Esnaola, en las que cuestionaba la “lucha armada”, no coinciden con la decisión mayoritaria de las bases de HERRI BATASUNA.

- El 24/05/1992, el portavoz de HERRI BATASUNA, Floren AOIZ MONREAL, afirma que el Gobierno español y el francés han elegido un camino que solo les va a llevar a prolongar e intensificar el actual estado violento del conflicto. Pueden repetir lo de Uruguay en otros países (en referencia a la detención de militantes de ETA).

- El 13/03/1993, el portavoz de HERRI BATASUNA, Floren AOIZ MONREAL, enmarca las detenciones de los electos de HERRI BATASUNA por colocar carteles sobre la muerte de del militante de ETA “Turko” en un contexto de progresiva implicación del P.N.V. en una estrategia de represión, no ya contra la “izquierda abertzale”, sino contra los objetivos “abertzales”, y exigió en nombre de la Mesa Nacional de HERRI BATASUNA la dimisión de ATUCHA.

- El 22/05/1993, HERRI BATASUNA aplaza los mítines previstos para esta fecha y llama a acudir al homenaje al militante de ETA fallecido Peio MARIÑELARENA IMAZ. Una delegación de HERRI BATASUNA, compuesta por José Luis ELKORO UNAMUNO, Anastasio ERQUICIA ALMANDOZ, Floren AOIZ MONREAL, Adolfo ARAIZ FLAMARIQUE, Santiago VAL ZABALETA, Rufino ETXEBERRIA ARBELAITZ, Roberto SAMPEDRO MADINA, José María OLARRA AGUIRIANO, Joseba ALBAREZ FORCADA, Miren EGANA DESCARGA, Antton MORCILLO TORRES, Segundo LÓPEZ DE ABERASTURI IBAÑEZ DE GARAYO, Julen AGUINACO ARBAIZA, Miren Jasone MANTEROLA DUDAGOITIA, y Rafa DÍEZ USABIAGA, se desplazó el día anterior hasta la localidad de Bayonne (Francia) para hacer entrega a las autoridades francesas de una carta en la que denuncia las condiciones de prisión a la que fue sometido Peio MARIÑELARENA IMAZ.

- El 30/07/1994, tras el atentado en Madrid contra el General VEGUILLAS, el portavoz de HERRI BATASUNA, Floren AOIZ MONREAL manifiesta que si el Gobierno español quisiera, esta podría ser la última expresión violenta de este conflicto, asegurando que en HERRI BATASUNA conviven quienes ven que la “lucha armada” es un instrumento válido y quienes no comparten esta opinión.

- El 01/09/1994, HERRI BATASUNA compara el asesinato del General VEGUILLAS por parte de ETA con el atentado contra CARRERO BLANCO. Floren AOIZ MONREAL dice que se han ocultado las repercusiones de esta acción terrorista. HERRI BATASUNA asegura que va a recrudecerse la violencia por la capacidad operativa y de regeneración de ETA.

- El 24/11/1994, La Mesa Nacional de HERRI BATASUNA afirma que es una organización política soberana que mantiene niveles de comunicación con ETA, en un comunicado en el que denuncia la próxima publicación de informaciones sobre un presunto enfrentamiento de HERRI BATASUNA con ETA.

- El 13/09/1995, Floren AOIZ MONREAL y Roberto SAMPEDRO MADINA comparecen ante los periodistas para dar cuenta de las valoraciones que ha realizado la Mesa Nacional de HERRI BATASUNA, alertando sobre polémicas artificiales con las que se intenta confundir y desorientar en torno a la negociación. La única propuesta de paz, la única oferta de diálogo para solucionar el conflicto que está sobre la mesa, ha sido de ETA.

- El 26/09/1997, en relación con el fallecimiento en un enfrentamiento armado de dos militantes de ETA, los miembros de la Mesa Nacional de HERRI BATASTUNA, Karmelo LANDA MENDIBE y Gorka MARTINEZ BILBAO, comparecen ante la prensa para desmontar punto por punto los principales argumentos esgrimidos por el Ministerio del Interior para justificar la muerte a tiros de Gaizka GAZTELUMENDI GIL y José Miguel BUSTINZA YURREBASO, al tiempo de exigir responsabilidades al PNV, constatando que fue una emboscada.

- El 12/06/1998 HERRI BATASUNA, a través de los miembros de su Mesa Nacional, Juan José PETRICORENA LEUNDA y Jon GORROTXATEGUI GORROTXATEGUI, se adhiere al paro de un cuarto de hora en favor del traslado de los presos de ETA a centros penitenciarios vascos y navarros.

- El 19/11/1999, EUSKAL HERRITARROK-HERRI BATASUNA manifiesta que el colectivo de refugiados políticos vascos estará presente en el acto de presentación de las bases democráticas para la resolución del contencioso político que se celebrará en el velódromo de Anoeta de San Sebastián.

B) Como también hay que referir, como una muestra más de la sujeción que ETA ejerce sobre HERRI BATASUNA, que le impusiera la cesión de espacios electorales de que podía disponer en medios de comunicación, con motivo de las elecciones generales a celebrar el 3 de marzo de 1996, que terminaría con la Sentencia que dicta la Sala Segunda del Tribunal Supremo, con fecha 29 de noviembre de 1997, en la que condena de la totalidad de los miembros de la Mesa Nacional de HERRI BATASUNA (veintitrés), como autores de un delito de colaboración con banda armada, y cuyo proceso judicial, según se explica en la Sentencia de la Sala Especial del artículo 61 LOPJ del Tribunal Supremo, de 27 de marzo de 2003, fue circunstancia fundamental para cambiar la denominación por la de EUSKAL HERRITARROK, candidatura con la se que acudió a las elecciones autonómicas del 25 de octubre de 1998, todo cuyo proceso de cambio de HERRI BATASUNA a EUSKAL HERRITARROK fue controlado y validado en su evolución por la banda terrorista ETA.

Por lo demás, en la referida Sentencia 29 de noviembre de 1997, entre los hechos que declara probados, recoge una declaración expresa de la propia HERRI BATASUNA, que dice: “con fecha 20 febrero 1996, la Mesa Nacional de Herri Batasuna emitió el siguiente comunicado: "HERRI BATASUNA asume la defensa y socialización de la Alternativa Democrática para Euskal Herria, presentada por ETA que constituye la única propuesta política para conseguir la Paz en base al reconocimiento de Derechos democráticos básicos y superar la confrontación violenta entre el Estado español y Hego Euskal Herria””.

Ante esta declaración, y teniendo en cuenta que en la sentencia se analiza, cómo la referida “Alternativa Democrática para Euskal Herria” es sucesora de la “Alternativa Táctica de KAS”, paternidad de ETA, no parece necesario hacer más consideraciones en orden a la vinculación que tal documento demuestra entre la banda armada y HERRI BATASUNA, particular sobre el que también fue preguntado en juicio el funcionario que elaboró el informe incorporado en el tomo 53 de la causa, en línea con lo que en dicho informe se recoge, y que, brevemente, se puede resumir diciendo que la “Alternativa Democrática para Euskal Herria” no había dejado de ser un instrumento táctico de ETA, que había asumido y al que le da publicidad HERRI BATASUNA (folios 60 y 114 del informe, 17900 y 17954 del sumario). En todo caso, nos limitaremos a transcribir el inicio del documento, que se encuentra incorporado a las actuaciones en el Anexo 28, tomo 57, folios 20999 y ss., porque consideramos que es suficientemente acreditativo de esa sucesión de que venimos hablando. Decía así: “la propuesta básica para la negociación política que surge de la actualización de la “Alternativa KAS”, la “Alternativa Democrática para Euskal Herria”, tiene dos marcos de negociación diferentes: uno entre ETA y el Estado español, y otro que corresponde a todos 1@s ciudadan@s vasc@s, por medio de un proceso democrático sin límites, con la capacidad de elegir entre todas 1as opciones”.

C) A lo que se ha dicho, cabe añadir otras consideraciones, que, si no como prueba, vienen a corroborar las conclusiones anteriores, obtenidas del análisis que hemos hecho de la prueba practicada en la presente causa, como es una de las afirmaciones que se hacen en los hechos probados de la Sentencia de 19 de diciembre de 2007, dictada por la Sección Tercera (caso KAS/EKIN/XAKI), cuando dice “que Herri Batasuna asumiría la “lucha institucional” al servicio de la “organización armada” de ETA, pues esta estaba controlada por KAS, y KAS por el “frente armado””.

En el mismo sentido, y con igual valor, transcribimos uno de los pasajes que se contienen entre los hechos que declara probados la Sentencia 31/2006, de 27 de abril de 2006, dictada por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que, en referencia a la ilegalidad de los partidos HERRI BATASUNA, EUSKAL HERRITARROK, BATASUNA, declarada en la Sentencia de la Sala Especial del art. 61, decía textualmente: “declaración de ilegalidad que tuvo lugar por formar parte dichos partidos políticos del entramado que constituye el fenómeno terrorista y su vinculación con la citada banda armada organizada, y que con la finalidad de conseguir por métodos terroristas, y por ende fuera de la ley,  la segregación de una parte del territorio español mediante la autodeterminación a través del llamado "Proceso de Construcción Nacional", participan todas y cada uno de las estructuras que la integran o la han integrado, con una distribución precisa de funciones en el autodenominado "Movimiento de Liberación Nacional Vasco o izquierda Abertzale", integrados en el complejo terrorista liderado por ETA, con funciones perfectamente definidas en sus diversas estructuras instrumentales”.



Y en la misma línea, alguno de los pasajes que hemos transcrito más arriba de la Sentencia de la Sala Espacial del art. 61, de 27 de marzo de 2003, como el extraído de su fundamentación, que, refiriéndose a HERRI BATASUNA, EUSKAL HERRITARROK y BATASUNA, dice que “todos esos partidos han continuado ejecutando idéntico designio de reparto funcional con el terrorismo”.

D) Como una referencia más del control de ETA sobre HERRI BATASUNA, nos referiremos en este apartado a lo que se conoce como “Kodigo Berriak/Códigos Nuevos” (Anexo 3, Tomo 7, folio 1812 y ss. y Anexo 33, tomo 58, folios 20495 y ss.), que fueron intervenidos con ocasión de la detención en Francia, el 6 de agosto de 1993, del conocido dirigente de ETA JOSÉ MARÍA DORRONSORO MALAXETXEBARRIA, entre la documentación en soporte informático que poseía, que recoge una relación de organizaciones o formaciones, que solo tiene sentido que estén bajo el control de ETA, ya sea directamente, ya sea a través de KAS, porque no otra cosa pude ser cuando se habla en clave desde una organización delictiva. (Testimonio de dicho documento fue aportado por el Ministerio Fiscal el día 17 de octubre, en la primera sesión del juicio oral y quedó incorporado en el tomo II de la pieza de documentos abierta con tal motivo)

Son más de 90 claves alfanuméricas, pero solo mencionaremos, ahora, las que consideramos de utilidad para lo que, de momento, nos ocupa, por la relación que permiten ver entre ETA/KAS, con HERRI BATASUNA. Ponen de manifiesto el interés por parte de la dirección de aquella, de mantener ocultas sus relaciones con esta, en aquellas ocasiones que le convenga.

Así, la clave “A”, se asignaba a KAS, con diferentes manifestaciones, de las que la clave “A-3”, era para ETA.

A HERRI BATASUNA le correspondía la clave H, a GANEKO, G-S, y a ENEKO, E-$.

E) Por último, abundando en lo que se viene diciendo, haremos mención a los más de 130 nombres, que se relacionan en los folios 18013 y 18029 del tomo 53, de individuos que bien como candidatos o como cargos de HERRI BATASUNA, EUSKAL HERRITARROK, BATASUNA han sido detenidos por colaborar con ETA.

Vaya por delante que no hemos considerado necesario trasladar las listas en que aparecen esos nombres a los hechos probados, porque ya son bastantes las que se han recogido en ellos, como tampoco vamos entrar en el debate sobre si esas detenciones terminaron con sentencias condenatorias, o no; ni siquiera si llegaron a juicio, porque, con independencia de que así haya sido, en lo que aquí interesa, es para poner de manifiesto, una vez más, esa comunión entre la banda armada y estas formaciones, para lo que, insistimos, no es necesario la existencia de una resolución judicial, si miramos esas relaciones desde el punto de vista de la realidad de las cosas, que es como consideramos que así ha de ser.


7.- DOCUMENTACIÓN DE LA PROPIA HERRI BATASUNA.
Además de las menciones que se han venido haciendo al libro HERRI BATASUNA 20 años de lucha por la libertad (1978-1998), editado por HERRI BATASUNA, y a cuya unión a la causa, ya hemos dicho que no hubo oposición por las defensas, que la aceptaron, se ha incorporado documentación de la propia formación que consideramos que acredita su dependencia a ETA.
En efecto, la propia HERRI BATASUNA asume su función instrumental de ETA, en un documento propio, destinado a la formación de sus militantes, titulado MATERIAL DEL CICLO I DE FORMACIÓN DE H.B., en el que viene a explicar los procesos de remodelación y adaptación a las directrices de ETA. Sobre él nos detendremos a continuación, y se encuentra en el Anexo 21, tomo 57, folios 20027, cuyo ejemplar fuera intervenido el 26 de mayo de 1998, en el domicilio de INMACULADA BERRIOZAL BERNAS, e incorporado al sumario 18/98 del JCI nº 5, origen del presente. (Testimonio de dicho documento fue aportado por el Ministerio Fiscal el día 17 de octubre, en la primera sesión del juicio oral y quedó incorporado en el tomo II de la pieza de documentos abierta con tal motivo).

En el informe policial se añade al anterior documento, como otro más en el mismo sentido, el titulado EVOLUCIÓN POLÍTICO ORGANIZATIVA DE LA IZQUIERDA ABERTZALE (Anexo 22, tomo 57, folios 20163 y ss.), atribuido, igualmente, a HERRI BATASUNA. También sobre dichos documentos dieron explicación en juicio los peritos, en línea con lo que en el informe figura a los folios 17878 y ss, del tomo 53.

Los textos son extensos, y basta con que nos detengamos en el primero, por la razón fundamental de que su peso probatorio supera al que puedan contribuir otros medios de prueba, ya que, al ser un documento del propio partido, siempre ofrecerá mayor credibilidad sobre lo que aporte desde él, que lo que pueda incriminarle de fuera.

Se trata de un documento dirigido a la formación de sus militantes, que comienza con una introducción teórica sobre aspectos políticos, sociológicos, filosóficos e históricos, de donde pasa a ubicar la situación política en Euskadi, siempre según el parecer de HERRI BATASUNA, no exenta de una carga proselitista a favor de ETA/KAS. En él se deja ver, una vez más, la identidad entre HERRI BATASUNA y Unidad Popular, o hay ideas que se repiten a lo largo de ese texto, como la monopolización que para uso exclusivo hace del concepto “Izquierda Abertzale”, con mayúscula, y su referencia a la Unidad Popular, como el instrumento más adecuado para la participación en el juego institucional, siempre al servicio de la estrategia diseñada por ETA, asumido por HERRI BATASUNA, puesto que, en definitiva, esta es la única formación dentro del entramado de MLNV, dirigido y manipulado por la banda armada, a quien se encomienda esa función político-institucional

Solo se entresacará algún pasaje que permite afirmar esa remodelación y adaptación de HERRI BATASUNA a las directrices de ETA, y así, si se lee el folio 20102 (imagen 334 del Anexo 21, tomo 57), en el apartado que rotula “SEGUNDA PARTE 1970-1977”, que comienza por lo que llama planteamiento, se puede comprobar como esta formación asume que es ETA la que ha de organizar y dirigir el proceso en que ella se embarca. Dice así el pasaje:

ETA se va decantando como la fuerza que organiza y dirige nuestro proceso. Es ya un polo de referencia, pero tiene ante sí la tarea de encauzar los diferentes niveles de conciencia y compromiso que existen dentro del pueblo trabajador vasco”.

Del bloque II-1B del mismo documento, podemos entresacar un pasaje que evidencia la simbiosis que conforman ETA y HERRI BATASUNA, combinando sus respectivas actuaciones de manera coordinada al mismo fin. Se encuentra al final del folio 20113 (imagen 456 del Anexo 21, tomo 57), se trata del año 1986, y dice así:

Octubre recoge dos hechos: la presentación del nuevo partido, producto de la escisión del PNV, EA, el 19, y el día 25 el MLNV demuestra una capacidad que hace temblar a la Reforma: mientras HB realiza en Bilbao una manifestación masiva por la negociación, ETA ejecuta en Donosti al Gobernador militar en una acción espectacular.

El bloque IV-3 (imagen 386) lo titula “FUNCIONES DE K.A.S.” y lo desarrolla en los siguientes apartados: “K.A.S como “Avanzadilla”. Ofertar horizontes y guías; Complementar al resto de la Izda. Abertzale. Doble militancia; Legitimación directa de la violencia revolucionaria; Soporte a Presos/as, Refugiados/as...”.

El bloque III-1A (imagen 402) lo dedica al desdoblamiento, con diferentes apartados, como el relativo a la separación organizativa de los distintos instrumentos, o las fases por las que pasa K.A.S. Alguno de los pasajes, que consideramos indicativo de esa estructura que conforma el todo que es ETA, integrada por los diversos instrumentos de que se sirve, para la consecución de sus fines terroristas, serían los siguientes:

En el folio 20137, imagen 405, dentro del apartado 3.2, que denomina “el problema clave: como entender la dirección política”, comienza haciéndose la siguiente pregunta: “¿Como lograr compaginar que cada organización y cada organismo tenga iniciativas propias y que a la vez haya una dirección política real y coherente?”; apartado que, en sus últimas consideraciones, evidencia el reparto de papeles en esa estrategia común, con las siguientes palabras: “Para nosotros y para nosotras una Organización, cualquier Organización sólo es un instrumento. KAS vale para unas cosas y no para otras. HB vale para unas cosas y no para otras. Pero cada cual debe de cumplir con su papel sin concesiones ni relajamiento” (folio 20138, imagen 407).

Y en folio 20139, imagen 409, en el punto 3, que lo encabeza como “aportación al mantenimiento de otros organismos de la L.A. (doble militancia)”, se dice que “además, por definición el militante de KAS debe desarrollar una doble militancia, por lo menos con relación a la Unidad Popular, y también en algún movimiento popular”.

Cuando el documento se dedica a hablar de las “ESTRUCTURAS COMUNES DEL BLOQUE” (folio 20141, imagen 000413), en lo que llama “ESTRUCTURA UNITARIA O AMANCOMUNADA”, una vez más surge la idea de manejo por parte de KAS, de la Unidad Popular. Así, se puede leer lo siguiente: “ante todo dejar bien claro que la estructura unitaria o amancomunada de KAS no es una organización como tal, en el sentido estricto del término, sino que se configura como una estructura organizativa común cuyos componentes de dirección son de procedencia diversa (y equilibrada) y cuya función es llevar a cabo las tareas de globalización política y organizativa del Bloque y de dinamización política y militante de la Unidad Popular y de la sociedad vasca en su conjunto”.

Más adelante, se recoge algo que se repite en otros documentos, y que viene a poner de manifiesto, una vez más, que a la actuación de HERRI BATASUNA no era ajena ETA, porque, de existir esa autonomía e independencia que se quiere hacer ver entre ellas, no tendría sentido que, a través de KAS, la coloque un representante, cuya misión no podía ser otra que la de servir de correa de transmisión de las directrices de la banda a la formación política, a la vez que estar informado de los avatares de ella, a fin de evitar que se desviara de esas directrices.

El pasaje a que nos referimos se encuentra en el folio 20142, imagen 415, y dice así: “se mantiene la figura de representante-coordinador Bloque-Unidad Popular, que en adelante participará en las estructuras de dirección de HB en calidad de representante del Bloque en su conjunto, es decir, en nombre de KAS. Su elección se hará en función no sólo de su capacitación política o lingüística (euskaldunizado-a), sino se tendrá muy en cuenta su nivel de carisma y prestigio dada la importancia y proyección de su figura en el seno de la Unidad Popular”.
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