Talleres de apoyo...presión sobra la zona de la Serranía de las Minas y evitar la deforestación y las quemas.
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Evaluación. Como ya sabemos en nuestro municipio hay áreas de erosión severa sobre las quebradas la Yaguilga, Las Minas (falla geológicas).
44 Club ecológico amigo del mañana.
Atencio jovencitos y jovencitos. Han pensado que seria del Pital sin nuestra quebradas?.
ARTICULO 45: TURIMOS: Conjunto de actividades recreativas, de esparcimineto y descanso, que requieren de infraestructura.
ARTICULO 46: RESIDENCIAL CAMPESTRE: Comprende las diferentes formas de vivienda rural y corresponde a las construcciones y espacios definidos para ser habitados por personas o familas y los servicios públicos y sociales para su desarrollo.
En los sectores reisdenciales o de vivienda se definen dos tipos de vivienda según la intensidad de uso:
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Individual: construcción para habitación familiar en lote individual o en agrupación de viviendas
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Agrupación: construcción paara habitación multifamiliar en lote individual o en agrupación.
ARTICULO 47: RESIDENCIAL URBANO: Comprende las diferentes formas de vivienda urbana y corresponde a las construcciones y espacios definidos para habitación familair y los servicios públicos y sociales requeridos para su desarrollo.
En los sectores residenciales o de vivienda se definen dos tipos de vivienda según l aintensidad de uso:
1 Unifamiliar y Bifamiliar: Construcción para habitación de una o dos familias en lote individual o en agrupación de viviendas.
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Multifamilar: Construcción para habitación de tres o más familaias en lote individual o en agrupación.
PARTE III
COMPONENTE RURAL
ARTICULO: 48: Las actividades de carácter rural que representa la identidad cultural y productividad del municipio gozaran de tratamientos especial preferente, con el fin de controlar la expansión urbana hacía el suelo rural: Igualmente se ejercerá riguroso control sobre el avance de la frontera agrícola sobre la zonas protección y conservación.
SUELO RURAL
ARTICULO 49: Correponde a las áreas del municipio con carácter y forestal, no incluidas dentrro del perímetro urbano. El sector Rural en consideración a los atributos represnetados en las potencialidades y restricciones para el uso y aprovechameinto de los recursos naturales y del ambiente, atendiendo a su aptitud o capacidad de acogida para las diferentes actividades socieconómicas posibles de establecer en él y con el fín de asignar y reglamentar los usos del suelo y la acción urbanísticas, se subdivide en las siguientes subzonas, se presentan en el mapa de zonificación general para reglamentación de usos del suelo y la tabla.
PARTE III
COMPONENTE URBANO
POLITICAS DE OCUPACIÓN Y EXPANSIÓN URBANA
ARTICULO 51: ZONA URBANA: Comprende el área delimitada por el perímetro urbano.
ARTICULO 52 PERÍMETRO URBANO: De conformidad con el árticulo 4 el per´metro urbano fue delimitado con la aprobación de la comisión técnica integrada pr representantes del Instituto Geográfico ´´ Agsutín Codazzi´´ Seccional catastro del Pital de planeación del Departamento del Huila.
ARTICULO 54: El sector urbano está conformado por los siguientes sectores, que se presnetan en el plano de zonificación urbana.
Corresponde al área urbana desarrollada actualmente o en proceso de desarrollo
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Sub zonas de Actividades Residenciales consolidada. Corresponde a las áreas de vivienda tradicionales desarrolladas bajo condiciones normativas generales y con varios años de existencia.
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Sub zonas de actividades residenciales en cosolidación. Corresponde a las áreas de vivienda tradicionales desarrolladas bajo condiciones normativas generales y con varios años de existencia.
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Sub zonas de actividades residenciales en cosolidación. Corresponde a las áres con caraterísticas de baja ocupación, donde aún existen lotes para completar el desarrollo del área.
ZONA PROTECCION Y CONSERVACIÓN AMBIENTAL
ARTICULO 56: Comprenden las áreas de interés paisajísiticos y ambiental como las rondas de las quebradas y nacimientos de agua y zonas vertientes.
ZONAS DE AMENAZAS NATURALES
ARTICULO 58: Se considera zonas de amenazas naturales las que, como se indican en le mapa represnetan alto riesgo.
EL ESPACIO PUBLICO
ARTICULO 59: Entiéndese por espacios público al conjunto de inmuebles públicos y elementos arquitectónicos y natural de los inmuebles privados, destinados por su naturaleza, por su uso o afectación a la satisfacción de necesidades urbanas colectivas que trascienden, por tanto, los límites de los intereses individuales de los habitantes Se establece como espaico público el presentado en e plano de espacio público
ARTICULO 60: El destino de los bienes de uso público en el espacio público áreas urbanas y rurales no podran ser vanado sino por el Concejo a iniciativa del Alclade y la comunidad siempre y cuando sean canjeados por otros de iguales características.
Los parques y las zonas verdes que tengan el carácter de bienes de uso públicos. Así como las vías publicas no podrán ser encerrados en forma tal que priven a la ciudadano de uso, goce, disfrute visual y tránsito.
ARTICULO 61: El Municipio podrá crear de acuerdo con su organización legal, entidades qyue seran responsables de administrar, desarrollar, mantener y apoyar financieramente el espacio público, el patrimonio inmobiliario y las áreas de cesión obligatoria para vias, zonas verdes y servicios comunales. Así mismo podrán contratar con entidades privadas la administración, mantenimiento y aprovechamiento económico de los bienes anteriores.
ARTICULO 38: PASTOREO SEMIINTENSIVO: Actividades similares a la naterior pero con mayor intensidad y capacidad de carga por unidad de área 1 unidad de gran ganado por (Has)
ARTICULO 39: MINÉRIA: Estracción de materiales minerales o recursos naturales del subsuelo.
ARTICULO 40 COMERCIO: Comprenden las actividades de intercambio, compra y venta de bienes. Pueden ser actividades comerciales de pequeñas mediana y gran escala.
Nivel i local básico: actividades en pequeñas escala que permiten atender las necesidades básicas e inmediatas a la población del lugar, especialmente de barrios y veredas. Corresponde a los establecimientos dedicados a la prestación de servicos sociales (educación, salud, bienestar social, recreación al aire libre y similares), servicios profesionales y comercio de baja intensidad de uso, de impacto negativos o nulos tales como tiendas de venta de bienes de primera necesidad, droguerías, panadería en pequeña escala miscelánea, boutiques, zapaterías, y locales con avtividades similares.
Nivel II local principal: actividades en pequeña y mediana escala que permiten atender las necesidades básicas y primarias de la población municipal, con cobertura de la cabecera municipal uy su área de influencia.
Corresponde a los establecimientos comerciales y de servicios con medidas intensidad y bajo impacto negativo, pueden funcionar en sectores residenciales siempre y cuando eliminen los impactos negativos y laboren en horarios diurnos, talas como supermercados, talleres eléctricos y similares (no incluyen talleres de mecanica automotriz) peluquería, salones de belleza y similares.
Nivel III metropolitano y subregional: actividades en median ay gran escala que permiten atender necesidades de lapoblación del municipio y sus alrededores o áreas de influencia metropolitana y subregional.
Correponden a establecimientos comerciales y de servicios con mediana intensidad y bajo impacto negativo, pueden funcionar en sectores residenciales siempre y cuando garanticen el cumplimiento de las normas ambientales y de cntrol urbanistico y no afecten o perturben a la población residente. Tales como centros comerciales, central de abstecimiento mataderos, cementerios, planta de tratamiento.
ARTICULO 41: INDUSTRIAL. Comprende las actividades de manufacturación y trasnformación de materia prima que para el caso debe ser industria liviana y mediana de bajo impacto. Las demás actividades industriales compactibles pero condicioandas posibles de establecer en zonas diferentes a la zona industrial de acuerdo a su impacto urbanístico y ambiental y al grado de compactibilidad se indican para cada sector.
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