Ana səhifə

Nº 02-13 consejo superior del poder judicial


Yüklə 2.79 Mb.
səhifə27/31
tarix25.06.2016
ölçüsü2.79 Mb.
1   ...   23   24   25   26   27   28   29   30   31

1. Establecer políticas sobre acceso y disponibilidad de acceso remoto de los sistema de información institucionales.


Que el Departamento de Tecnología de la información, establezca el alcance de la plataforma tecnológica disponible para apoyar el modelo de teletrabajo, asimismo que defina las políticas de seguridad y que norme y regule el uso de las tecnologías para aplicar el trabajo virtual.
Que se diseñe e implemente un programa básico de capacitación de las herramientas telemáticas de la institución y los beneficios que puede el Teletrabajador potenciar desde el hogar, sin requerir del apoyo técnico.
Se cuantifique el costo económico de la posible expansión del teletrabajo en la institución.
2. Definir el alcance y criterios de oportunidad y participación para la extensión del teletrabajo
Establecer la estrategia institucional que se estima potenciar con el uso de esta modalidad de empleo, respecto a la modernización de la gestión del trabajo, por medio de la simplificación y digitalización de trámites y el uso de las videocomunicaciones.
Definir los objetivos institucionales en pro de la búsqueda del equilibrio de las ventajas-desventajas producto de la relación servidor-institución. Entre los que esta Comisión considera, producto del plan piloto y las disposiciones del Gobierno Digital:


  • Mejorar las condiciones de espacio físico, ventilación e iluminación de las áreas de trabajo;

  • Reducir el nivel de ausentismo laboral, provocado por problemas de transporte diario al centro de trabajo

  • Potenciar el trabajo por objetivos y resultados

  • Mejorar los resultados del trabajo de los servidores, tanto en cantidad como en calidad, en aquellas tareas que requieran mayor concentración.

  • Estimular la motivación de los servidores, promoviendo modelos flexibles de organización del trabajo, sustentado en el uso de la tecnología de la información.

Delimitar las políticas para la expansión del Teletrabajo en la institución, respecto a:




    • Áreas de trabajo, susceptibles de Tele trabajar, con las condiciones de tecnología de que dispone la institución y el desempeño desarrollado. Así como la vulnerabilidad de los ámbitos institucionales y el servicio público que se ofrece.

    • Porcentaje de teletrabajadores por despacho u oficina.

    • Criterios de prioridad, cuando la cantidad de servidores que desean teletrabajar supera el porcentaje permitido para el despacho.

    • Si se admite la posibilidad de teletrabajar para el personal interino.

    • Tiempos de duración de los programas de Teletrabajo, sea por trimestre o semestralmente.

    • Que la jornada de trabajo sea mixta, unos días en la oficina y otros desde el hogar, para no entorpecer las relaciones interpersonales y evitar el desarraigo institucional.

Adicionalmente, que Gestión Humana actualice el estudio sobre los puestos que podrían optar por esta nueva modalidad de empleo, conforme los distintos ámbitos que conforman la institución.



3. Manejo del Cambio y administración de la Comunicación


Manejo del cambio organizacional, que comprenda acciones de sensibilización, talleres y cursos de capacitación con la Administración Superior, los Mandos Medios y población en general. Misma que será coordinada por el Departamento de Gestión Humana.
Valorar la implantación de un programa de inducción que sensibilice las áreas de trabajo participantes, respecto de la supervisión, organización, distribución del trabajo y la comunicación de los equipos de trabajo.
En cuanto a la comunicación, es indispensable fortalecer los canales de comunicación disponibles para divulgar la implementación de este modelo de trabajo en los puestos y las área identificadas como teletrabajables, esto con el apoyo del Departamento de Prensa y Comunicación.
Con esta acciones mitigar la resistencia generada en algunas jefaturas para otorgar permisos para la participación en el modelo de trabajo, así como para dar a conocer a nivel institucional, el alcance del proyecto y los beneficios esperados para los participantes, en procura de una mejora en los servicios que brinda la institución en diferentes área, aunque por el momento solo se ha desarrollado en el área administrativa.”

- 0 -


En sesión Nº 61-10 celebrada el 22 de junio del 2010, artículo L, se acordó, con el fin de implementar y analizar las disposiciones contenidas en el Reglamento para la aplicación de la modalidad del Teletrabajo en el Poder Judicial, conformar un equipo de trabajo integrado por el licenciado Mario Mena Ayales (como representante del Consejo Superior), licenciado Alfredo Jones León, Director Ejecutivo, licenciado Carlos Toscano Mora Rodríguez, Asesor Legal de la Secretaría General de la Corte y un servidor de los Departamentos de Personal y Planificación, quienes determinarían las bases y establecerían como plan piloto la forma en que se ejecutaría la modalidad de Teletrabajo en el Poder Judicial.

Seguidamente, en sesión Nº 100-10 del 11 de noviembre del 2010, artículo XLVII, se aprobó la Guía Básica para la implementación de un Proyecto Piloto Teletrabajo en el Poder Judicial presentada por el Integrante Mario Mena Ayales. Asimismo, se dispuso estar a la espera de la presentación formal del Plan piloto para su respectiva aprobación.

En la verificada Nº 7-11 del 1 de febrero del 2011, artículo LIX, se autorizó la participación de las y los servidores de la lista transcrita en ese acuerdo, en la modalidad de Teletrabajo, por tres meses a partir del 7 de febrero de 2011. Además, se instó a las Jefaturas de las Oficinas en que laboran las y los citados servidores para que evaluaran el rendimiento y la efectividad de las funciones que se realizarán.

Posteriormente, en sesión Nº 31-11 celebrada el 5 de abril del 2011,  artículo LVIII, se tomó nota del informe del primer reporte del plan piloto de modalidad de Teletrabajo, rendido por el Integrante Mena Ayales, en su condición de Integrante de la Comisión de Teletrabajo y se acogieron las recomendaciones contenidas en el mismo.

De seguido, en la sesión Nº 42-11 celebrada el 5 de mayo del 2011, artículo XVII, al conocerse la propuesta para la continuidad del Plan de Teletrabajo, presentada por el licenciado Mena Ayales, se dispuso prorrogar el permiso a las servidoras y servidores que se indicaron para que continuaran laborando bajo la Modalidad de Teletrabajo.

A continuación, en sesión Nº 65-11 del 28 de julio del 2011, artículo LXXXIV, se aprobó la ampliación de 50 teletrabajadores más en el plan piloto de la Comisión de Teletrabajo del Poder Judicial en los siguientes puestos:

Profesionales en Derecho

 Asesores Jurídicos

 Profesionales en Administración; Trabajo Social y Psicología

 Asistentes Administrativos

 Técnicos Administrativos

El Departamento de Personal procedería a realizar la convocatoria para recibir postulantes de todo el país a fin de que participaran en la modalidad de empleo virtual por un período de seis meses siempre y cuando cumplan con las condiciones definidas en el Reglamento para la Aplicación de la Modalidad del Teletrabajo en el Poder Judicial, la Guía Básica para la implantación de un Proyecto Piloto de Teletrabajo en este Poder de la República, y la aceptación de la Jefatura, aprobado en sesión N° 100-10 celebrada el 11 de noviembre de 2010, artículo XLVII.

Posteriormente, en sesión Nº 90-11 del 25 de octubre del 2011, artículo XXXVII, se aprobó la aplicación de la Modalidad del Teletrabajo en el Poder Judicial; en consecuencia se autorizó la participación de los y las servidoras judiciales que se indicaron, a efectos de que iniciaran en la forma propuesta la modalidad de Teletrabajo a partir del 1 de noviembre y por el término de seis meses. Plazo durante el cual la citada Comisión daría el seguimiento respectivo y una vez finalizado, informaría a este Consejo las recomendaciones que estimara convenientes.

Finalmente, en sesión Nº 39-12 del 24 de abril del 2012, artículo XXIV, se aprobó la extensión del Plan Piloto en Teletrabajo y se autorizó la participación de las y los servidores judiciales que se indicaron, a efectos de que continuaran con la citada modalidad, por 2 meses más, a partir del 2 de mayo del 2012. Además, se autorizó la participación de la licenciada María Gabriela Vargas Chacón, Profesional en Derecho 3 de la Sala Constitucional, a efecto de que iniciara la modalidad de Teletrabajo a partir del 1 de mayo de 2012 y por el término de dos meses, plazo durante el cual la Comisión de Teletrabajo en el Poder Judicial daría el seguimiento respectivo y una vez finalizado informaría a este Consejo las recomendaciones que estimara convenientes.



Se acordó: 1) Tener por rendido el informe sobre la “Evaluación del Plan Piloto de Teletrabajo en el Poder Judicial”. 2) Hacer invitación formal a las jefaturas de los despachos judiciales para que incentiven la participación de servidores y servidoras en este modelo de trabajo con base en las disposiciones y reglamentos aprobados en el entendido que la jefatura deberá gestionar ante la Comisión de Teletrabajo el aval correspondiente. 3) Remitir el presente informe a las jefaturas que cuentan con la modalidad de teletrabajo. 4) Hacer este acuerdo de conocimiento de la Corte Plena. 5) La Dirección de Tecnología de la Información incluirá este informe en la intranet y en la página Web del Poder Judicial.

La Secretaría General de la Corte tomará nota para lo que corresponda.



ARTÍCULO LXXIV

Documento 4299-12, 14142-12 y 93-13

En sesión Nº 104-12 celebrada el 29 de noviembre de 2012, artículo XXX, -entre otros- se solicitó a la Dirección Ejecutiva que valorara la posibilidad de colaborar asignando durante dos horas dos veces a la semana, al Juzgado Contravencional del Tercer Circuito Judicial de San José, una plaza de Auxiliar de Servicios Generales, a efecto de solventar la situación de limpieza que enfrenta ese despacho.

El licenciado Alfredo Jones León, Director Ejecutivo, en oficio Nº 11695-DE-12, del 19 de diciembre último, comunicó lo siguiente:

“En atención al contenido del acuerdo del Consejo Superior de la sesión celebrada el 29 de noviembre último, artículo XXX, mediante el cual se acuerda en el punto 4. la posibilidad de colaborar con el Juzgado Contravencional del III Circuito Judicial de San José, con una plaza de Auxiliar de Servicios Generales, me permito hacer de su conocimiento que esta Dirección Ejecutiva no dispone de plazas para este fin.


Además le informo que el Departamento de Servicios Generales, tiene todos los Auxiliares de Servicios Generales asignados a labores específicas.”         

- 0 -


En nota de 7 de enero en curso, dirigida al Integrante Mena Ayales, la servidora María Teresa Vargas Herrera, Técnica Judicial del Juzgado Contravencional de Desamparados, comunicó lo siguiente:

“Por este medio me dirijo a usted con relación al informe del Departamento de Planificación  que se deberá valorar el día 10-01-2013 sobre la  necesidad  de recurso humano en el Juzgado  Contravencional de  Desamparados  por el hecho de que en el mismo  no se cuenta con un técnico de  servicios  Generales.


            Le hago de su conocimiento que el recargo de funciones  en la actualidad de los  dos puestos me esta afectando  pues la persona que se encontraba nombrada desde el  año 2003   en dicho puesto le recargaron  desde esa fecha a la actualidad  todas las funciones de  técnico de servicios generales  y las de técnico judicial .   Pues la jefatura nunca acato lo ordenado por el acuerdo  del Consejo Superior que fue aprobado en la sección 89-03 celebrada el 25 de noviembre del dos mil tres, artículo XXXVI en donde el Juzgado de Pensiones Alimentarias tenía que compartir el  técnico de servicios generales  medio tiempo con este despacho y el la actualidad planificación  recalifica  dicha plaza a favor del Juzgado de Pensiones Alimentarias y este es favorecido con  un contrato servicios de limpieza privada, mientras que a este despacho se le negó por falta de presupuesto dicho servicio. Actualmente  el recargo de la limpieza de dicha  de este despacho me esta  me esta afectando más  mi salud pues cuento con una lesión en el codo derecho  que según  certificación medica del Hospital San Juan  de Dios  es una epicondulitis lo cual me causa mucho dolor la manipulación del palo de piso  y su exprimidor, como la  limpieza de las  ventanas y  el alzar peso.
        Le hago de su  conocimiento  todas las funciones que me son asignadas de recargo por este despacho  a mi persona:

  1. La limpieza del despacho en su totalidad con un horario establecido por el despacho para la limpieza  de vidrios, los tres baños, cocina, muebles y el piso con detalle de  las 7:30  a.m.  a  las  09:00 a.m. lo cual debe realizarse todos los días estrictamente, además debe también sacar la basura los días martes y viernes.




  1. Realizar el registro y control de toda la correspondencia que se debe remitir a otros despachos  y empacar la misma para remitirla.




  1. Llevar el  control de toda la  correspondencia recibidas  y enviada de este despacho para lo cual se tiene  cuatro libros de control  escritos y  el control de dos libros electrónicos del control de las comisiones recibidas y enviadas y su distribución interna y el  de correo  enviado a otras autoridades policiales  por medio de Correos de Costa Rica.




  1. Agregar en su totalidad  toda la correspondencia recibida   en el despacho y escritos presentados por el público  los cuales  se deben obligatoriamente que agregar  por mi persona según la orden  todos los respectivos expedientes que se tramita.




  1.  Agregar  en el archivo del despacho toda la correspondencia de todos los casos suspendidos   y  los  archivos  que ingresen al despacho de  los tres técnicos judiciales   que tramitan, para lo cual se dificulta pues tengo que bajar y subir paquetes de expedientes los cuales  me causa dolor en el codo derecho afectado.




  1. La atención del público como manifestadora solo yo puede en un noventa por ciento  la atención  y evacuación de las dudas de todos los expedientes del despacho.




  1. Armar y tramitar las comisiones que se deben remitir por incompetencia a  otros despachos judiciales.




  1. Tengo que confeccionar medidas cautelares por rol de las denuncias recibidas, de lo cual se debe  armar el expediente,  hacer el auto inicial,  confeccionar las medidas, hacer   la comisión  que se tiene que remitir a las autoridades y la cita a  la autoridad correspondiente y notificar las mismas a la parte.




  1. Tengo  recibir todas las manifestaciones   e   identificaciones de las partes de todos los asuntos judiciales  que se tramitan en este despacho.




  1. Tiene que salir fuera del despacho  a las oficinas de Correo de Costa Rica a dejar  el correo certificado del cual  ella lleva el control.




  1. Desplazarse con el libro de conocimiento del despacho  a una distancia considerable  del despacho al  Tribunal y Juzgado Penal de Desamparados dejar expedientes  por apelación y  conflictos.  




  1. Trasladarme al  Primer Circuito de  San José a  la Inspección Judicial  a dejar contestaciones de quejas del público.




  1.  Armar los expedientes confeccionando las carátulas de los  expedientes nuevos, además agregar el índice  y cocer los expedientes de todos los asuntos que ingresan a la oficina  de los tres técnicos  judiciales que tramitan y  distribuírselos  a ellos.




  1.  Tengo que acompañar al  público  que  solicita  sacar fotocopias donde ella se tiene que desplazar  caminando con los expediente  ochocientos  metros desde el despacho  las veces  al día que el público así lo solicita.




  1.   Llevar el control de los dos  extintores   y el manejo del mismo para lo cual me fue capacitada, lo cual se me hace difícil su manipulación por  el peso.




  1. Sólo yo debe  abrir y cerrar la  puerta principal  del despacho en los horarios  de ingreso  correspondientes.




  1. Atender consultas telefónicas por rol.




  1.  Debo trasladar expedientes al Archivo Judicial  Heredia.




  1. Debo trasladar evidencias al  Depósito de Objetos Heredia.


FUNCIONES DE  UN TECNICOS JUDICIALES.
Según lo considero así   el  Departamento de Planificación y el Consejo Superior  que debería realizar las funciones un Técnico Judicial en este despacho.

  1. Tramitar la materia de Contravenciones.

  2. Tomar las denuncias de la materia contravencional.

  3. Llevar el control de las sentencias.

  4. Verificar el pago de las multas o en su defecto mandar capturas.

  5. Buscar expedientes que tienen evidencias.

  6. Llenas las fórmulas que se requieren para enviar evidencias.

  7. Coordinar con el Depósito de Objetos el traslado de las evidencias que          se tienen en el despacho.

  8. Entregar evidencias.

  9. Revisar la devolución de las entregas al Notificador.

  10. Depuración de casillas.

  11. Actualizar en el sistema de cómputo el estado y ubicación de cada expediente.

  12. Elaborar semanalmente informes sobre la cantidad de asuntos tramitados.

  13. Acompañar a los usuarios a sacar copias.

  14. Agregar correspondencia y escritos a los expedientes.

  15. Resolver los escritos que ingresen al despacho en materia            contravencional.

  16. Enviar recordatorios de oficios varios.

  17. Depurar las casillas de los expedientes que se encuentran en trámite.

  18. Archivar los asuntos terminados y sacarlos del libro.

  19. Anotar en la agenda los asuntos para juicio.

  20. Transcribir las providencias, autos y autos con carácter de sentencia.

  21. Confeccionar citas, telegramas y oficios varios solicitados por el superior inmediato.

  22. Realizar las carátulas de los expedientes que tramita.

  23. Sacar copias  de los expedientes solicitados por los usuarios.

  24. Revisar la foliatura de los expedientes.

  25. Atender público.

  26. Atender consultas telefónicas.

  27. Cualquier otra labor propia del puesto que el asigne el superiorinmediato.

(…)

Nota: Adjunto dictamen Médico Hospital San Juan de Dios.”

- 0 -

Se acordó: 1) Tomar nota de la comunicación de la Dirección Ejecutiva. 2) Trasladar al Departamento de Planificación la gestión de la servidora María Teresa Vargas Herrera, a fin de que determine si es necesario crear la plaza de auxiliar de servicios generales para el Juzgado Contravencional de Desamparados.

ARTÍCULO LXXV

Documento 129-13

Mediante oficio N° DFOE-EC-0003 de 8 de enero en curso, el licenciado Manuel Corrales Umaña, Gerente de Área de la Contraloría General de la República, comunicó lo siguente:

“Me permito remitirle copia del informe No. DFOE-EC-IF-19-2012, preparado por esta División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, en el cual se consignan los resultados de un estudio efectuado en el Poder Judicial, sobre las acciones tomadas en relación con la situación actuarial del Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial. Lo anterior, con el propósito de que ese informe sea puesto por usted en conocimiento de los miembros de la Corte Plena y del Consejo Superior del Poder Judicial, en las sesiones de cada órgano colegiado, inmediatas posterior a la fecha de recepción de ese informe.

La información que se solicita en este informe para acreditar el cumplimiento de las disposiciones, deberá remitirse, en los plazos antes fijados, a la Gerencia del Área de Seguimiento de las Disposiciones del órgano contralor. Además, también se requiere que esa Administración designe y le comunique, en un plazo no mayor de cinco días hábiles, el nombre, número de teléfono y correo electrónico de la persona que fungirá como el contacto oficial con esa Área de Seguimiento con autoridad para informar sobre el avance y cumplimiento de las disposiciones correspondientes.

Se recuerda que las disposiciones señaladas en el a parte 4 del informe de cita, son de acatamiento obligatorio y deberán ser cumplidas dentro de los plazos conferidos para ello. En caso de que se incumpla con esas disposiciones en forma injustificada dentro del tiempo dado para ello, se le reiterará por una única vez y se fijará plazo para su cumplimiento, pero de mantenerse la desobediencia, una vez agotado ese plazo, dicha conducta se reputará como falta grave y podrá dar lugar a la imposición de las sanciones previstas en el artículo 69 de la citada Ley No. 7428, con garantía del debido proceso. Lo anterior, sin perjuicio de incurrir en otras causales de responsabilidad.

De conformidad con lo establecido por los artículos 343, 346 y 347 de la Ley General de la Administración Pública, contra el presente informe caben los recursos ordinarios de revocatoria y de apelación, que deberán ser interpuestos dentro del tercer día a partir de la fecha de la sesión de dicho órgano colegiado inmediata posterior al recibo de esta comunicación, correspondiéndole a esta Area de Fiscalización la resolución de la revocatoria y al Despacho Contralor, la apelación.

De presentarse conjuntamente los recursos de revocatoria y apelación, esta Área de Fiscalización en caso de rechazo del recurso de revocatoria, remitirá el recurso de apelación al Despacho Contralor para su resolución.”

- 0 -


Dicho informe literalmente dice:

rESUMEN EJECUTIVO
¿Qué examinamos?
La Auditoría de Carácter Especial que origina el presente informe se realizó con el objetivo de evaluar las acciones tomadas por las autoridades superiores del Poder Judicial, en relación con la situación actuarial existente en el Fondo de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial (FJPPJ), lo anterior en función del marco normativo jurídico y técnico aplicable.
¿Por qué es importante?
Una efectiva toma de decisiones por parte de las autoridades del Poder Judicial, en relación con la situación actuarial que atraviesa el régimen de jubilaciones y pensiones, es de suma importancia para garantizar su solvencia y sostenibilidad financiera. Por lo anterior, las mejoras que se vislumbren a dicha labor no solo garantizarán el derecho de los funcionarios y exfuncionarios del Poder Judicial de contar con una pensión digna; sino también para evitar una eventual afectación en las finanzas públicas.
¿Qué encontramos?
A pesar que han transcurrido varios meses a partir de que se emitió el último estudio actuarial del FJPPJ, el Consejo Superior, órgano responsable de su administración, no ha conocido, discutido o analizado los resultados del estudio actuarial al 31 de diciembre del 2011. Al respecto, la empresa consultora que fue contratada para la realización del mencionado estudio, señala la existencia de un déficit actuarial de aproximadamente ¢4 billones (¢3.999.349 millones)
Además, dicho estudio señala una serie de recomendaciones sobre aspectos tales como: beneficios, aportaciones e inversiones, que requieren de una toma de decisiones oportunas por parte de los jerarcas del Poder Judicial. Cabe agregar que, otros entes de control como lo son la Auditoria Interna del Poder Judicial y la Superintendencia de Pensiones, han realizado sus advertencias sobre la situación actuarial del Fondo, sin que a la fecha la Administración haya tomado medidas sobre el particular.
Por otra parte, esta Contraloría General también determinó que la Sala Constitucional eliminó el tope máximo para las jubilaciones y pensiones del FJPPJ e instó a ese Consejo Superior para que con la mayor brevedad posible, redactara un proyecto de ley que, con fundamento en estudios técnicos, especialmente actuariales, determine los parámetros sobre los cuales debe fijarse el tope máximo de la jubilación), sin embargo se tiene que han transcurrido aproximadamente tres años desde que se dictó esa resolución de la Sala Constitucional, y dicho Consejo a la fecha de emisión del presente informe tampoco ha tomado acciones concretas sobre este particular. Es importante indicar que en el último estudio actuarial, también se recomienda el establecimiento de un tope máximo de jubilación.
¿Qué sigue?
Con el propósito de concretar las oportunidades de mejora determinadas, se giraron instrucciones a la Corte Plena y al Consejo Superior del Poder Judicial, para que se tomen las acciones necesarias tendentes a solventar la situación por la que atraviesa dicho Fondo, así como para que se redacte un proyecto de ley en el que se establezcan los parámetros para fijar el tope a las pensiones, según ordenado por la Sala Constitucional, el cual deberá ser presentado ante la Asamblea Legislativa.
(…)
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA
ÁREA DE SERVICIOS ECONÓMICOS
AUDITORÍA DE CARÁCTER SOBRE LAS ACCIONES ADOPTADAS POR EL PODER JUDICIAL EN RELACIÓN CON LA SITUACIÓN ACTUARIAL DEL FONDO DE JUBILACIONES Y PENSIONES

1   ...   23   24   25   26   27   28   29   30   31


Verilənlər bazası müəlliflik hüququ ilə müdafiə olunur ©atelim.com 2016
rəhbərliyinə müraciət