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2.6PTS de Zonas Húmedas de la C.A.P.V.


Este PTS aprobado definitivamente mediante Decreto 160/2004, de 27 de julio, aporta nutrida información para la caracterización del humedal de tipo ‘Ría’, definido en la desembocadura del río Deba.

Desembocadura del río Deba

La cartografía de ordenación aportada por el PTS se recoge íntegra y directamente porque mejora en detalle de escala y alcance de objetivos la propuesta del PTP. Será necesario utilizar una escala gráfica de mayor precisión. Se emplean, asimismo, subcategorías de ordenación con referencia toponímica.

2.7PTS Agroforestal DE LA C.A.P.V.


Realizado el contraste entre las determinaciones del Avance del PTS Agroforestal de la C.A.P.V. y las del PTP, se detectan algunas contradicciones con la categorización que aporta el PTP a modo de sugerencia:

- El PTS Agroforestal y del Medio Natural no utiliza la categoría de Especial Protección, ni considera que es objetivo suyo proponerla, porque esta función corresponde a los PTP.

- El contraste de la cartografía de ordenación entre el PTS y el PTP plantea diferencias en cuanto a que:

- El PTP propone Zonas de Especial Protección por sus valores naturalísticos y ecológicos.

- El PTS diferencia dentro de la categoría de Campiña Agroganadera dos subcategorías: Alto Valor Estratégico, para los mejores suelos agrícolas y Paisaje rural de transición, para el resto de las zonas de campiña.

El dibujo parcelario en el PTS es muy riguroso, con el objetivo de impedir la pérdida de SAU. Mientras que el PTP define una única unidad de campiña, que se dibuja de modo amplio sobre las zonas de mejor potencialidad. La solución propuesta es la de incluir en el PTP todas las áreas de Alto Valor Estratégico.

- El PTS utiliza una categoría denominada Monte Ralo de insuficiente entidad, confundiéndose en ocasiones con paisajes de pastizales o situaciones temporales de los suelos forestales. Algunas áreas que en el PTS se definen como Monte Ralo aparecen el el Avance del PTP como Pastizales Montanos. La solución propuesta es la de desechar su utilización y no recogerla en el PTP, dado que no aporta ningún planteamiento nuevo.

El PTS utiliza la categoría de Pastizales Montanos, pero la restringe al Macizo de Izarraitz. El PTP extiende esta denominación a otras zonas de pastos tradicionales extensivos, en las partes altas y en el frente costero. La solución propuesta es la de no recoger el planteamiento que hace el PTS de esta unidad y seguir empleando la que se argumenta en el PTP.

- El PTS delimita una unidad de Acantilado Costero, pero no explica su significado. El PTP delimita el cantil costero como una zona de Especial Protección. La propuesta es seguir las determinaciones del PTP, por ser coincidentes además con las del PTS de Litoral.

- El PTS delimita una unidad de Roquedo, y sugiere la necesidad de adoptar criterios para su conservación. En el PTP no se delimita específicamente esa unidad, sino que se incluye en los macizos montañosos, que se proponen como zonas de Especial Protección.

- En el PTS Agroforestal la categoría de Mejora Ambiental se asimila de modo puntual a zonas de canteras necesitadas de restauración. Por el contrario, en el PTP esta categoría adquiere mayor entidad, recogiéndose en ella numerosas áreas de bosques naturales degradados, barrancos y terrenos con necesidad de medidas de restauración ecológico-paisajística de muy distinto tipo. En definitiva, es una categoría temporal para zonas que requieran de programas de actuación que les permita evolucionar hacia otras categorías más duraderas (especial protección, cauces superficiales, etc.), que cumplirán en el futuro funciones de valor ambiental.

- Para los condicionantes ambientales superpuestos hay mayor coincidencia entre las determinaciones del PTS y el PTP. En los mapas de terrenos vulnerables a la contaminación de acuíferos subterráneos el PTP es más estricto en la calificación, e incluye la vulnerabilidad alta y media, mientras que el PTS sólo utiliza la alta. El PTP incluye la protección del acuífero superficial del barranco de Arranomendi-Goikola.

- Para los riesgos erosivos el PTS utiliza una metodología que califica con menor riesgo erosivo el territorio, mientras que el PTP muestra más zonas sensibles.

- Para las áreas de interés naturalístico el PTS aporta una delimitación actualizada del ámbito de los siguientes espacios:

- LIC ES2120017. Arno-Olatz, con 1054 ha.

- LIC ES2120018. Izarraitz, con 1531 ha (502 ha en el valle del Urola).

- Acantilados de Mutriku-Saturrarán.

- Acantilados de Punta Aitzuri (Zumaia).

- Macizo de Karakate-Irukurutzeta-Agerreburu.

- Valle de Haranerreka-Kilimon.

- Monte Andutz.

Esta delimitación deberá ser incorporada para el caso de los dos LIC de la Red Natura 2000.


2.8PTS DE SUELO PARA LA PROMOCION PÚBLICA DE VIVIENDA


Recoge como modelo de ordenación de suelo residencial el propuesto por el documento de Avance del presente Plan Territorial Parcial, así como las cuantificaciones propuestas.

Plantea los siguientes criterios de actuación para los agentes públicos, con el objetivo de reforzar dicho Modelo:

- Ámbito de Eibar-Ermua y casco de Soraluze: se precisan actuaciones en materia de regeneración y descongestión de su tejido urbano, centrándose prioritariamente en la revitalización de los espacios obsoletos o en declive que favorezca una mayor estructuración entre los dos primeros municipios.

- Ámbito Elgoibar: la estrategia urbanística debe consistir en la administración de los recursos existentes y en la recuperación de alguna de las áreas sometidas a procesos de renovación interna para obtener nuevos suelos para vivienda protegida.

- Ámbito Mutriku-Deba y municipios de Mallabia y Mendaro: la estrategia urbanística consistiría en establecer procesos de concertación con los respectivos ayuntamientos de cara a plantear áreas de nuevo desarrollo urbano integrado en los núcleos existentes.

El PTP comparte en su totalidad las determinaciones en cuanto a las actuaciones específicas en materia de vivienda recogidas por el PTS y de esta manera quedan recogidas en el apartado correspondiente del punto siguiente.


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