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Original: español relación de cargos de elección en órganos, organismos y


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AGENCIA INTERAMERICANA PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO - DIRECCIÓN GENERAL




AUTORIDADES

PERÍODO

INTEGRACIÓN Y ELECCIÓN

Director General: Brian Stevenson




La Agencia Interamericana para la Cooperación y el Desarrollo (AICD) creada por resolución AG/RES. 3 (XXVI-E/99), es un órgano subsidiario del Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral (CIDI).

El artículo 12 del Estatuto de la AICD establece que el Secretario Ejecutivo para el Desarrollo Integral será nombrado por el Secretario General de acuerdo a los artículos 117 y 120 de la Carta de la OEA teniendo en cuenta las recomendaciones de la Junta Directiva, será designado Director General de la AICD y el cargo será referido en adelante como Director General. El período del Director General será de 4 años renovable una vez, en consulta con la Junta Directiva y con la aprobación del CIDI.





AGENCIA INTERAMERICANA PARA LA COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO - JUNTA DIRECTIVA




PAÍSES MIEMBROS

PERÍODO

INTEGRACIÓN Y ELECCIÓN

Presidente: Lisa M. Shoman

Embajadora, Representante Permanente de Belice ante la OEA


Vicepresidente: vacante ****
Miembros
Argentina

Bahamas


Belice

Colombia


Estados Unidos

Grenada


Honduras

México


San Vicente y las Granadinas

Presidente de la CEPCIDI – Miembro Ex-Oficio





Junio 2005 hasta la próxima reunión de la Junta Directiva

2005-2007

2005-2007

2004-2006

2005-2007

2004-2006

2004-2006

2004-2006

2004-2006

2005-2007

2005-2006


El artículo 7 del Estatuto de la AICD establece que la Junta Directiva es el órgano representativo de los Estados Miembros y está integrada por nueve Estados Miembros de la OEA elegidos por el CIDI.

Los miembros de la Junta Directiva desempeñarán sus funciones por un período de dos años. La elección se realizará una vez al año durante la reunión ordinaria del CIDI y se hará de tal forma que después de un año de la primera elección habrá cuatro vacantes y al año siguiente cinco, y así de forma alternada cada año. El CIDI establecerá los procedimientos correspondientes a las elecciones, su fecha de celebración y el método para determinar las vacantes iniciales. Cada Estado Miembro elegido para integrar la Junta Directiva deberá nombrar un representante oficial quien, de preferencia, tenga reconocida experiencia y conocimientos en actividades relacionadas con programas de cooperación y desarrollo y otras actividades conexas. También podrá nombrar ante la Junta representantes suplentes o asesores.






CONGRESOS INTERAMERICANOS DE TURISMO - COMITÉ EJECUTIVO PERMANENTE




ESTADOS MIEMBROS

INTEGRACIÓN Y ELECCIÓN

Bahamas


Ecuador

Grenada


Guatemala

México


Nicaragua

Perú


Los miembros del Comité son designados por voto de resolución del Congreso Interamericano de Turismo. Los Congresos se reúnen cada tres años, el Comité se reúne cada año para dar seguimiento a las resoluciones del último Congreso.



COMISIÓN INTERAMERICANA DE PUERTOS (CIP) - COMITÉ EJECUTIVO




AUTORIDADES

INTEGRACIÓN Y ELECCIÓN


Presidente:

México - César P. Reyes



Vicepresidentes:
El Salvador - Danilo Rodríguez, Carlos Borja,

Barbados - Everton Walters, Leonard Morris

Estados Unidos - Gregory B. Hall, Bruce J. Carlton

Uruguay- Fernando Puntigliano, Mario Montemurro



Otros integrantes:
Argentina - Germán R. Rojas

Brasil - Paulo de Tarso Carneiro, Luiz E. Garcia

Canadá - Gail Anderson

Chile - Guillermo Díaz, Juan Rusque

Costa Rica - Rolando Lee, Rita M. Barnes

Guatemala - Roberto Díaz, María I. Fernández

Jamaica - Noel A. Hylton, Hopeton Delisser

Perú - José Guerola, Gonzalo Garland

República Dominicana - José Lozano

Venezuela - Eberts Camacho, Alexander Liendo



Secretaría OEA - Carlos M. Gallegos


Artículo 56
El Comité Ejecutivo se integrará con 15 Estados Miembros elegidos en una reunión ordinaria de la Comisión, quienes permanecerán en funciones por dos años, hasta la siguiente reunión ordinaria de la Comisión. El Comité Ejecutivo podrá ser reelegido total o parcialmente.
Artículo 57
Cada Estado Miembro del Comité Ejecutivo nombrará un representante titular y un suplente, especializados en materias del sector portuario. Los nombramientos serán comunicados por escrito a la Secretaría General.
Artículo 59
1. El Comité Ejecutivo elegirá, entre los Estados Miembros que lo integran, un presidente y cuatro vicepresidentes. La elección tendrá lugar durante la reunión ordinaria de la Comisión en la que se integre e instale el Comité.

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