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Delegada para asuntos ambientales y agrarios


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CAPÍTULO SÉPTIMO


7. COMPETENCIAS FUNCIONALES DE LOS ALCALDES MUNICIPALES, AUTORIDADES DE POLICÍA Y AUTORIDADES AMBIENTALES



7.1 COMPETENCIAS FUNCIONALES DE LOS MUNICIPIOS Y LOS ALCALDES MUNICIPALES:





  1. Art. 315 CP Son atribuciones del alcalde:

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, la ley, los decretos del Gobierno, las ordenanzas y los acuerdos del Concejo.


2. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio. La Policía Nacional cumplirá con prontitud y diligencia las órdenes que imparta el alcalde por conducto del respectivo comandante (…)


  1. Art. 91 Ley 136 de 1994 Funciones de los alcaldes: Parágrafo 1 Literal D numeral 18

(…) Velar por el desarrollo sostenible en concurrencia con las entidades que determine la ley (…)


c) Art. 65 Ley 99 de 1993 Funciones de los Municipios, de los Distritos y del Distrito Capital de Santa Fé de Bogotá:
(…)
2. Dictar con sujeción a las disposiciones legales reglamentarias superiores las normas necesarias para el control, la preservación y la defensa del patrimonio ecológico del municipio;

6. Ejercer, a través del alcalde como primera autoridad de policía … funciones de control y vigilancia del medio ambiente y los recursos naturales renovables, con el fin de velar por el cumplimiento de los deberes del Estado y de los particulares en materia ambiental y de proteger el derecho constitucional a un ambiente sano; (…)




7.2 COMPETENCIAS FUNCIONALES DE LAS AUTORIDADES DE POLICÍA



Código Nacional de Policía (Decreto 1355 de 1970)
(…) Art. 1: La policía está instituida para proteger a los habitantes del territorio colombiano en su libertad y en los derechos que de ésta se derivan, por los medios y con los límites estatuidos en la Constitución Nacional, en la ley, en las Convenciones y Tratados Internacionales, en el Reglamento de Policía y en los principios universales del derecho.
Art. 2: A la policía compete la conservación del orden público interno.  El orden público que protege la policía resulta de la prevención y la eliminación de las perturbaciones de la seguridad, de la tranquilidad, de la salubridad y la moralidad públicas.
A la policía no le corresponde remover la causa de la perturbación (…)


7.3 COMPETENCIAS FUNCIONALES DE LAS AUTORIDADES AMBIENTALES



Art. 31 Ley 99 de 1993 Funciones de la CAR´s:
(…) 2. Ejercer función de máxima autoridad ambiental
12. Ejercer las funciones de evaluación, control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los demás recursos naturales renovables.

17. Imponer y ejecutar a prevención y sin perjuicio de las competencias atribuidas por la ley a otras autoridades, las medidas de policía y las sanciones previstas en la ley (…)




7.4 ATRIBUCIONES DE POLICÍA

Art. 83 Ley 99 de 1993


(…) El MMA y las CAR´s, además de los departamentos, municipios y distritos con régimen constitucional especial, quedan investidos, a prevención de las demás autoridades competentes, de funciones policivas (…)


7.5 RESULTADOS CONSOLIDADOS EN EL NIVEL NACIONAL

INFORMACIÓN REMITIDA POR EL MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL - MAVDT


Mediante derecho de petición la Procuraduría Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios solicitó al Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial - MAVDT, entre otros aspectos, remitiera copia del informe sobre el cumplimiento de la Resolución 0839 de 2003, por parte de las corporaciones autónomas regionales, corporaciones autónomas regionales para el desarrollo sostenible y la Unidad Administrativa Especial de Parques Nacionales Naturales.

A esta solicitud el MAVDT remitió el siguiente cuadro, haciendo un recuento de las actividades desarrolladas por las diferentes autoridades en cuya jurisdicción existen páramos y de las limitaciones para el cumplimiento de la Resolución 0839 de 2003 que estas entidades han reportando.







  1. REGIÓN CENTRAL




CORPORACIÓN

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839

LIMITANTES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


CARDER
Área páramos (según CAR): 3.177,7 Has
Municipios con páramos: Santa Rosa de Cabal (Páramo de la zona amortiguadora)

El 100% de los páramos de Risaralda se encuentran en el PNN Los Nevados y su Zona Amortiguadora y dichas áreas se encuentran incorporadas en el Plan de Manejo del área protegida.






  • Expedición de la resolución mucho después de la elaboración conjunta del Plan de Manejo del Parque Nevados y su Zona Amortiguadora.

  • Recursos económicos limitados.

  • Resolución de humedales y su Plan de Manejo Ambiental de manera independiente de la resolución de páramos 0839 de 2003.





CORPOURABA
Área páramos (Según CAR): 2.808,71 Has
Municipios con páramos: a) Frontino (Páramo del Sol) y Peque (Páramo de Peque)

La Corporación no suministró información


La Corporación no suministró información




CORPORACIÓN

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


LIMITANTES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


CORANTIOQUIA
Área páramos: 5.808.,71 Has
Municipios con páramos: a) Belmira, San José de la Montaña, Entrerrios, San Pedro de la Montaña, Olaya, San Andrés de Cuerquia, Sopetrán, Liborina, Sabanalarga y San Jerónimo (Páramo de Belmira); b) Andes, Betania, Salgar, Hispania (Páramo de Citara); c) Santafé de Antioquia (Páramo de Frontino)

Según información suministrada por la Corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:




  • Diagnóstico y Plan de Manejo del sistema de páramo y bosque alto andino del noroccidente medio antioqueño “Belmira”.

  • Diagnóstico y Plan de Manejo del sistema de páramo y bosque alto andino de los Farallones de Citara.

Es necesario que la Corporación realice la actualización de dichos estudios.






  • Levantamiento de la información requerida en algunos ítems de los términos de referencias de la Resolución No. 0839 de 2003 (Como las áreas criticas por erodabilidad y estabilidad de suelos, hábitats críticos y análisis respecto a la inidación y refugio, potencial de conectividad para regular intercambios biológicos y energéticos), son muy complejos y se necesitarían recursos suficientes y tiempo para lograr cumplir con los alcances de los ítems planteados anteriormente.

  • En el área de estudio posee una cartografía pobre e inexistencia de base que permita efectuar la restitución.

  • Orden Público.





CRQ
Área páramos (según CAR): 3.463,40 has
Municipios con páramos: Pijao, Genova

Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:




  • Diagnóstico biofísico, socioeconómico y cultural de los páramos del municipio de Pijao, cuenca del río Lejos.

  • Diagnóstico biofísico, socioeconómico y cultural de los páramos del municipio de Salento, páramos de Romerales y Frontino..

  • Formulación y reglamentación participativa de un plan de manejo para los ecosistemas de alta montaña en el sur del departamento del Quindío, municipio de Genova.







  • Recursos económicos


CORPOCALDAS
Área páramos (Según CAR): 8749,27 has
Municipios con páramos: Villamaría, Marulanda, Manizales, Salamina, Aranzazu, Neira (Páramo de Letras)

La corporación elaboró “Estudio actual de páramos del departamento de Caldas” adicionalmente se está elaborando el Plan de Manejo Ambiental de los Páramos de Caldas” a través de un convenio con Conservación Internacional Fundation.



La UAESPNN no suministró información.



CORPORACIÓN

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


LIMITANTES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


Parque Nacional Natural Paramillo:
Área páramos: (Según IAvH): 1443,61 has
Municipios con páramos: Dabeiba (Antioquia)


Parque Nacional Natural los Nevados:
Área páramos (Según IAvH): 52.669,63
Municipios con páramos: a) Santa Rosa y Pereira (Risaralda), b) Villamaría (Caldas), c) Salento (Quindío), d) Ibagué, anzoátegui, Murillo, Santa Isabel, Villahermosa, Casablanca (Tolima)

Las áreas del Sistema Nacional Natural de Áreas Protegidas que poseen ecosistema de páramos cuentan actualmente con Planes de Manejo Ambiental, los cuales contienen el: diagnóstico la zonificación ambiental de acuerdo al Decreto 622 de 1997 y la definición del plan de manejo.


La UAESPNN no suministró información.






  1. REGIÓN OCCIDENTE





CAM
Área páramos (Según MAVDT, 2002; Escala 1: 1.500.000): 26.150 has.
Municipios con páramos: a) Colombia (Páramo de Sumapaz), b) Iquira (Páramo Nevado del Huila), c) La Plata, La Argentina, San José de Isnos, Salado Blanco y San Agustín (Páramo de Puracé)

La corporación elaboró el estudio “Línea base de estudio e identificación de las unidades de paisaje de páramo en el departamento del Huila”






  • No hay dentro de la planta de personal funcionarios encargados de las áreas protegidas en la jurisdicción.

  • El tema de páramos no estuvo contemplado en el PAT pasado ni en el actual, lo cual ha impedido realizar la evaluación de la información existente así como la complementación o actualización de los estudios de páramos.





CODECHOCO
Área páramos: (Según CAR): 1.562,44 has.
Municipios con páramos: Carmen de Atrato, San José del Palmar, Novita, Condoto, Tadó y Santa Rita de Ira.

La corporación no ha avanzado el desarrollo del tema. El “páramo del Duende” fue seleccionado por el “Proyecto Páramo Andino” financiado por el “Fondo Mundial Ambiental” GEF, como proyecto piloto con el fin de realizar el ajuste del estudio del estado actual y del plan de manejo y la implementación de su plan de manejo, esta actividad la realizará el Instituto Alexander Von Humboldt en coordinación con la CVC y CODECHOCO



La corporación no suministró información.



CORPORACIÓN

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


LIMITANTES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


CORPONARIÑO
Área páramos (Según CAR): 174.767,22 has
Municipios con páramos: a) Cumbal, Guachacal, Corlosama, Ipiales (P. Chiles Cumbal); b) Pupiales, Sapuyes, Ospina, Iles, Guachucal, Contadero, Gualmatan (P. Paja Blanca); c) Tuquerres, Mallama, Guachavez, Guaitarilla, Sapuyes, Ospina (P. Azufral – Gualcal); d) Pasto, Tangua, Funes, Imués, Puerres, Córdoba, Potosí, Ipiales (P. Tábano – Las Ovejas – Palacios); Pasto, Yacuanquer, Consacá, Sandoná, La Florida, Tangua (P. Galeras); Funes, Puerres, Pasto (P. El Alcalde) g) Pasto (P. Patascoy); Buesaco (P. Bordoncillo); i) Albán, Belén, Buesaco, Tablón de Gómez, La Cruz, San Bernardo, San Pablo (P. Doña Juana – Animas – Campana); j) Pasto, Buesaco (P. Amazonas)

Según la información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:




  • Plan de manejo del corredor andino amazónico páramos de Bordoncillo, cerro de Patascoy, laguna de Cocha como ecorregión estratégica para los departamentos de Nariño y Putumayo.

  • Plan de ordenamiento y manejo ambiental sostenible del páramo de Paja Blanca.

  • Plan de ordenamiento y manejo ambiental del complejo volcánico Doña Juana.

  • Plan de ordenamiento y manejo del Volcán Nevados de Chiles.

  • El “Páramo de Volcán Nevado de Chiles” fue escogido por el “Proyecto Páramo Andino” financiado por el “Fondo Mundial Ambiental” GEF como proyecto piloto con el fin de realizar el ajuste del estudio del estado actual y del plan de manejo y la implementación de su plan de manejo, ésta actividad la realizará el Instituto Alexander Von Humboldt en coordinación con CORPONARIÑO.

La corporación considera que es necesario realizar la actualización de dichos estudios en coordinación con CORPOAMAZONIA, pero la limitante más importante es la asignación de recursos económicos.






CORTOLIMA
Área páramos (Según CAR): 22.157,05 has.
Municipios con páramos: Ibagué, Anzoátegui, Murillo, Santa Isabel, Villahermosa, Casa Blanca, Chaparral, Río Blanco, Planadas, Herveo, Cajamarca, Rovira, San Antonio y Roncesvalles.

Para dar cumplimiento a esta resolución la corporación ha realizado EEAP del páramo de Valles o páramo de Anaime, localizado en la parte alta de la cuenca mayor del río Coello, en el marco de ordenación de esta cuenca ya fue adoptado el plan de ordenamiento de la cuenca del río Coello por parte del consejo directivo de CORTOLIMA.


El área de éste ecosistema estratégico en la cuenca es de 4.283.9 ha.






  • Orden público.

  • La política nacional ya que da prioridad a la ordenación de cuencas priorizadas, y esto condiciona, de manera que de las 7 cuencas mayores que poseen páramos. Quedando más del 60% del páramo sin estudiar.

CORPORACIÓN

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


LIMITANTES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


CORPOAMAZONIA
Área páramos (Según CAR): 43.326 has.
Municipios con páramos: a) San Vicente del Caguan y Guacamayas (P. Los Picachos) b) Santiago, Villapinzón, Orito (Putumayo – P. de Patascoy) c) Mocoa, San Francisco, Sidbundoy y Colón (Putumayo – P. Cerro Juanoy), d) San Francisco (Putumayo – P. Cerro Portachuelo), e) Mocoa y San Francisco (Putumayo - P. Cerro Vijagual), f) La Montañita, El Paujil, El doncella, Puerto (Caquetá – P. Cerro Miraflores), g) San Vicente (Caquetá – P. Cerro Riecito y Guayas)

Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:




  • Plan de manejo del corredor andino amazónico páramos de Bordoncillo, cerro de Patascoy, laguna de Cocha como ecorregión estratégica para los departamentos de Nariño y Putumayo.

  • Plan de ordenamiento y manejo ambiental sostenible del páramo de Paja Blanca.

  • Plan de ordenamiento y manejo ambiental del Complejo Volcánico Doña Juana.

  • Plan de ordenamiento y manejo del Volcán Nevados de Chiles.

Es necesario que la corporación realice la actualización de dichos estudios en coordinación con CORPONARIÑO.


La corporación no suministró información.




CRQ
Área páramos (Según CAR): 93.305 has
Municipios con páramos: Puracé, Silvia, Totoró, Toribio, Páez, Miranda, Corinto, San Sebastián, Santa Rosa, La Vega, Almaguer, Sotara, Puracé.

Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado el estudio sobre “Caracterización de los ecosistemas de páramo de los municipios de Puracé, Silvana, Totoro y Tirobio” el cual fue realizado por el IGAC en área aproximadamente de 170.000 hectáreas.






  • Recursos financieros.

  • La oposición y continúa resistencia de las comunidades indígenas de los páramos a reconocer la legislación actual en la materia. Esta situación ha llegado a tal punto que existe la propuesta de constituirse los cabildos en autoridades ambientales especiales, motivo por el cual hacen un llamado a la comunidad para asumir una conducta de desobediencia civil y desacato a cualquier intento de ordenamiento dentro de sus territorios al tiempo que desconocen autoridad del Ministerio, de las CAR de la UAESPNN.

  • El segundo factor es el orden público.



CORPORACIÓN

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


LIMITANTES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


CVC
Áreas páramo (Según CAR): 93.305 has
Municipios con páramos: a) Buga, El Cerrito, Florida, Ginebra, Palmira, Pradera, Sevilla, Tulúa (Páramo Cordillera Central), b) Calima, Río Frío, Daríen (Páramo Cordillera Occidental), c) El Aguila (Páramo Tatama), d) Cali, Jamundí, Dagua, Buenaventura, (Páramo Los Farallones de Cali), e) Buga, El Cerrito y Palmira (Páramo Las Hermosas)

Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:




  • Revisión y análisis de la información secundaria de fauna y flora en la zona de páramo de las Cordilleras Central y Occidental del Valle del Cauca. Contrato CVC No. 078 de 2004.

Recopilación, análisis y sistematización de la información social y económica secundaria existente sobre los páramos del Valle del Cauca y elaboración plan de trabajo requerido para dar cumplimiento a lo solicitado en la Resolución ODT No. 1948 de 2004.



La corporación no suministró información.




Parque Nacional Natural Tatama:
Área páramos: (según IAvH): 3.998,93 Has.
Municipios con páramos: Pueblo Rico, Apia, Santuario, La Celia (Risaralda) El Aguila (Valle del
Cauca) San José de Palmar, Novita, Condoto, Tadó, Santa Rita de Ira (Chocó)
Parque Nacional Natural Los Farallones de Cali:
Área páramos: (según IAvH): 2.069,11 Has.
Municipios con páramos: Cali, Jamundí, Dagua, Buenaventura (Valle del Cauca)
Parque Nacional Natural Las Hermosas:
Área páramos: (según IAvH): 66.425,47 Has.
Municipios con páramos: Buga, Cerrito, Palmira (Valle del Cauca) Chaparral, Río Blanco (Tolima)
Parque Nacional Natural Nevado del Huila:
Área páramos: (según IAvH): 59.993,70 Has.
Municipios con páramos: Páez, Miranda, Corinto, Toribio (Cauca) Iquira (Huila)
Parque Nacional Natural Purace:
Área páramos: (según IAvH): 16.865,31 Has.
Municipios con páramos: San Sebastián, Santa Rosa, La Vega, Almagre, Sotara, Purace (Cauca) La Plata, La Argentina, San José de Isnos, Salado Blanco, San Agustín (Huila)
Santuario de Flora y Fauna Galeras:
Área páramos: (según IAvH): 3.607,26 Has.
Municipios con páramos: Pastos, La Florida, Consaca, yacuanquer.

Las áreas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas que poseen ecosistemas de páramos cuentan actualmente con planes de manejo ambiental, los cuales contienen el diagnóstico, la zonificación ambiental de acuerdo al Decreto 622 de 1997 y la definición del plan de manejo.


La UAESPNN no suministró iformación.






  1. REGIÓN NORORIENTAL





CAS
Área de páramos (según CAR): 76.760 Has
Municipios con páramos: Santa Bárbara, Guaca, San Andrés, Concepción (páramo de Almorzadero) Coromodo, Onzaga, San Joaquín, Encino, Charala, Gambita (Páramo Guantiva, Guanera, La Rusia)

Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:


Caracterización y diagnóstico para el seguimiento y monitoreo del páramo de Almorzadero.
Caracterización y diagnóstico del páramo Guantiva – La Rusia con definición de su estado actual.
Es necesario que la corporación realice los ajustes técnicos de dichos estudios.

La corporación no suministró información


CDMB
Área de páramos (según CAR): 44.721,1 Has

Municipios con páramos: Tona, Vetas, Surata, California, Charta, El Playón


Según información suministrada por la corporación a la fecha se ha realizado el estudio “Marco estratégico para la planificación y el manejo ambiental de los ecosistemas compartidos de páramo, subpáramo y bosques alto andinos en la Unidad Biogeográfica de Santurban en la jurisdicción de la CDMB y CORPONOR”.
Es necesario que la corporación realice la actualización de dicho estudio en coordinación con CORPONOR.



La corporación no suministró información

CORPORACIÓN

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


LIMITANTES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


CORMACARENA
Área de páramos (según CAR): 119.921,2 Has

Municipios con páramos: El Calvario, San Juanito, Restrepo (páramo de Chingaza) Acacias, Guamal, Cubarral, Uribe, Lejanías, Mesetas (páramo de Sumapaz) San Juan de Arama, Uribe (páramo de Picachos)



Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:


Estudio Actual del Páramo de Sumapaz
Estado Actual del Páramo de Chingaza

La corporación no suministró información




CAR
Área de páramos (según CAR): 162.994,75 Has

Municipios con páramos: Saboya, Chiquinquirá, Buenavista, Caldas, Simijaca, Susa, Ubate, Zipaquirá, Cogua, Tausa, Sutatausa, Carmen de Carupa, San Cayetano, Pacho, El Rosal, San Francisco, Supata, Tenjo, Subachoque, Tabio, Bogotá D.C. (Usme, Sumapaz), Cabrera, San bernardo, Pasca, Arbeláez, Venecia, Soacha, Villapinzón, Chocontá, Macheta, Lenguazaque, Guachetá, Guatavita.



Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:


Estado Actual del Páramo de Rabanal.
Estado Actual del Páramo del Macizo del Nacimiento del Río Bogotá
Estado Actual del Páramo de Guerrero
Estado Actual del Páramo de Sumapaz
Adicionalmente la corporación esta realizando los planes de manejo de los páramos de Sumapaz, Guerrero y Nacimiento del Río Bogotá.
El Páramo de Rabanal fue seleccionado por el “Proyecto Páramo Andino” financiado por el Fondo Mundial Ambiental GEF como proyecto piloto con el fin de realizar el ajuste del Estudio del Estado Actual y del plan de manejo y la implementación de su plan de manejo, esta actividad la realizara el Instituto Alexander von Humboldt en coordinación con CORPOBOYACA y CAR

Orden público como una limitante al impedir el acceso a algunas zonas como el páramo.




CORPOBOYACA
Área de páramos (según CAR): 131.222,93 Has

Municipios con páramos: Rondón, Siachoque, Gámeza, Socotá, Socha, Tasco, Tuta, Pesca, Firavitoba, Chitaga, Jericó, Socotá, Aquitana, Mengua, Chia, El Cocuy, La Uvita, Monga, Chivatá, Siachoque, Soracá, Mengua, Mongui, Sogamoso, Aticania, Tota, Cuitiva, Iza, Arcabuco, Cómbita, Paipa, Sotaquirá, Belén, Tutaza, Paz del Río, Sastivanorte, Sastivasur, Susacón, Cerinza, Samacá, Duitama, Santa Rosa de Viterbo, Floresta, Miraflores, Zetaquira, Santa Sofia, Sutamarchan, Tinjacá, Villa de Leyva, Chiquita, Arcabucoi.




Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:


Plan de manejo ambiental para los páramos de Mamapacha y Bijagual.
Formulación e implementación participativa del plan de manejo y uso sostenible para el páramo de Rabanal.
Caracterización físico, bíotica y socioeconómica del corredor Lago de Tota – Pisba – Cocuy.
El “Páramo de Rabanal” fue seleccionado por el “Proyecto Páramo Andino” financiado por el Fondo Mundial Ambiental GEF como proyecto piloto con el fin de realizar el ajuste del Estudio del Estado Actual y del plan de manejo y la implementación de su plan de manejo, esta actividad la realizara el Instituto Alexander von Humboldt en coordinación con CORPOBOYACA y CAR

La corporación no suministró información




CORPOGUAVIO
Área de páramos (según CAR): 33.129 Has

Municipios con páramos: Fomeque, Guasca, Gachetá, Ubalá, Gama, Junín, Gachalá.



Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado:


Se elaboro el “Estudio del Estado Actual de las áreas de Páramo ubicadas dentro de la jurisdicción de CORPOGUAVIO”
Se esta elaborando el Plan de Manejo de Páramos ubicados dentro de la jurisdicción de CORPOGUAVIO, este proceso lo esta realizando la Universidad Distrital.


La corporación no suministró información




CORPONOR
Área de páramos (según CAR): 33.129 Has

Municipios con páramos: Abrego, Arboledas, Cachira, Cacota, Cicutilla, Labateca, Mutiscua, Pamplona, Salazar, Silos, Chitaga, Herran, Toledo


Según información suministrada por la corporación a la fecha se ha realizado el estudio “Marco estratégico para la planificación y el manejo ambiental de los ecosistemas compartidos de páramo, subpáramo y bosque alto andino en la Unidad Biogeográfica de Santurbán en la jurisdicción de la CDMB y CORPONOR”.


Es necesario que la corporación realice la actualización de dichos estudios en coordinación con la CDMB.

Recursos económicos.




CORPORINOQUIA
Área de páramos (según CAR): 5.857,21 Has

Municipios con páramos: Chipaque, Ubaque, Choachi


La corporación informó que:


La totalidad de páramos en el departamento en el cual tiene jurisdicción son de competencia de la UAESPNN.
Esta realizando el “Estudio del estado actual del páramo de Cruz Verde”

La corporación no suministró información



CORPORACIÓN

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


LIMITANTES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


CORPOCHIVOR
Área de páramos (según CAR): 14.120 Has

Municipios con páramos: Viracacha, Cienega, Ramiquiri, Rondon, Siachoque, Chinavita, Garagoa, Miraflores, Zetaquira, Ventaquemada, Sacama, Sachica, Ráquira, Guacheta, Turmeque, Umbita, Pachavita, La Capilla, Titirita



Según información suministrada por la corporación a la fecha se han realizado los siguientes estudios:


Plan de manejo ambiental para los páramos de Mamapacha y Bijagual.
Formulación e implementación participativa del plan de manejo y uso sostenible para el páramo de Rabanal.
Conservación y manejo sostenible de los páramos Los Cristales, Castillejo, Cuchilla de El Choque, y Nacimiento del Río Bogotá, este estudio incluye la formulación del plan de manejo.
El “Páramo de Rabanal” fue seleccionado por el “Proyecto Páramo Andino” financiado por el Fondo Mundial Ambiental GEF como proyecto piloto con el fin de realizar el ajuste del Estudio del Estado Actual y del plan de manejo y la implementación de su plan de manejo, esta actividad la realizara el Instituto Alexander von Humboldt en coordinación con CORPOBOYACA y CAR.






Parque Nacional Natural Tama:
Área de páramos (según IAvH): 6.326,6 Has

Municipios con páramos: Herrán y Toledo (Norte de Santander)


Santuario de Flora y Fauna Guanenta Alto Río Fonce:
Área de páramos (según IAvH): 3.784,17 Has

Municipios con páramos: Encino, Charala, Gambita (Santander)


Parque Nacional Natural Yariguies
Área de páramos (según IAvH): 811,82 Has.

Municipios con páramos: Chima, El carmen de Chucurí, Hato y Simacota (Santander)


Parque Nacional Natural El Cocuy
Área de páramos (según IAvH): 150.180,76 Has.

Municipios con páramos: El Cocuy, Chiscas, Guican (Boyacá) Fortul , Sacana, La Salina y TAME (Casanare – Arauca)


Parque Nacional Natural Pisba
Área de páramos (según IAvH): 21.674,90 Has.

Municipios con páramos: Socha, Socota, Tasco, Mengua (Boyacá) Pisba, Labranza Grande, Pajarito, Nunchia ( Casanare)


Santuario de Flora y Fauna Iguaque:
Área de páramos (según IAvH): 3.147,68 Has.

Municipios con páramos: Villa de Leyva, Chiquita y Arcabuco (Boyacá)


Parque Nacional Natural Chingaza:
Área de páramos (según IAvH): 35.206,94 Has.

Municipios con páramos: La Calera, Choachi (Cundinamarca) El Calvario, San Juanito (Meta)


Parque Nacional Natural Sumapaz:
Área de páramos (según IAvH): 124.415,30 Has.

Municipios con páramos: Uribe, Cubarral, Guamal, Acacias y El Castillo (Meta) Gutierrez, San Bernardo, Arbeláez, Une y Pasca (Cundinamarca) Bogotá D.C.


PNN Los Picachos:
Área de páramos (según IAvH): 3.651,23 Has.

Municipios con páramos: San Juan de Arama y Uribe (Meta)



Las áreas del Sistema Nacional Natural de Áreas Protegidas que poseen ecosistemas de páramos cuentan actualmente con planes de manejo ambiental, los cuales contienen el diagnóstico, la zonificación ambiental de acuerdo al Decreto 622 de 1997 y la definición del plan de manejo.


La UAESPNN no suministró información.






  1. REGIÓN NORTE




CORPORACIÓN

ACTIVIDADES REALIZADAS EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


LIMITANTES EN CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN No. 0839


CORPAMAG
Área de páramos (según CAR): 22.700 Has.

Municipios con páramos: Aracataca, Fundación, Cienaga (Páramo de la Sierra Nevada de Santa Marta)


La totalidad de los páramos en el departamento se encuentran en jurisdicción de la UAESPNN y no han adelantado actividades conjuntas.


La corporación no suministró información.




CORPOCESAR
Área de páramos (según CAR): 3.000 Has.

Municipios con páramos: Manaure, La Paz, Codazzi, Valledupar, Pueblo Bello.



Según información suministrada por la corporación se realizó el “Estudio del Estado Actual de los Páramos en la Serranía del Perijá”, dicho estudio fue realizado por la Universidad Nacional de Colombia


La corporación no suministró información.




CORPOGUAJIRA
Área de páramos (según CAR): 450 Has.

Municipios con páramos: Urumita, Villanueva, La Jagua del Pilar, Riohacha, Dibulla, San Juan del César.



Según información suministrada por la corporación se realizó el “Estudio del Estado Actual de los Páramos y el Plan de Manejo Ambiental de la Serranía del Perijá – Cerro Pintado”, dicho estudio fue realizado por la Universidad Industrial de Santander.


La corporación no suministró información.




PARQUE NACIONAL NATURAL SIERRA NEVADA DE SANTA MARTA
Área de páramos (según IAvH): 131.059,79 Has.

Municipios con páramos: Aracataca, Fundación, Santa Marta y Cienaga (Magdalena) Valledupar y Pueblo Bello (César) Riohacha, Dibulla y San Juan del Cesar (Guajira)


Las áreas del Sistema Nacional Natural de Áreas Protegidas que poseen ecosistemas de páramos cuentan actualmente con planes de manejo ambiental, los cuales contienen el diagnóstico, la zonificación ambiental de acuerdo al Decreto 622 de 1997 y la definición del plan de manejo.


La UAESPNN no suministró información.


De acuerdo con lo establecido por el artículo 8 de la citada resolución el Estudio del Estado Actual de los Páramos – EEAP sería elaborado por las autoridades ambientales dentro del término de 1 año contado a partir de la entrada en vigencia de la resolución 0839. De igual manera el Plan de Manejo Ambiental – PMA debería formularse dentro de los 2 años siguientes a la realización del EEAP, señala el mismo artículo que este término podrá ser ampliado hasta por un período igual previa solicitud motivada adelantada ante el MAVDT, sin embargo no se encontró en el documento referencia a la solicitud que debían pedir estas entidades ante el MAVDT para que se les concediera la prórroga ni mucho menos que el MAVDT se las hubiera concedido.


Aunado a lo anterior, aun mediando la ampliación del término establecido en la resolución, a la fecha todas las autoridades ambientales deberían tener el EEAP y sin embargo tanto en la información remitida por el MAVDT, como la enviada por las CAR y la UAESPNN se observa que varias de estas carecen del estudio.

Es pertinente resaltar que le corresponde al MAVDT, de acuerdo con el artículo 5 de la Ley 99 de 1993, entre otras, las funciones de:


(…) 1) Formular la política nacional en relación con el medio ambiente y los recursos naturales renovables, y establecer las reglas y criterios de ordenamiento ambiental de uso del territorio y de los mares adyacentes, para
asegurar el aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables y del medio ambiente;
2) Regular las condiciones generales para el saneamiento del medio ambiente, y el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural; (…)
19) Administrar las áreas que integran el Sistema de Parques Nacionales Naturales, velar por la protección del patrimonio natural y la diversidad biótica de la nación, así como por la conservación de las áreas de especial importancia ecosistémica; (…)
De igual manera, de acuerdo con lo establecido por el artículo 64 del Código Contencioso Administrativo la ejecutoría de los actos administrativos será suficiente para que la administración pueda ejecutar de inmediato los actos necesarios para su cumplimiento. De igual manera, a partir de la ejecutoria del acto administrativo emana la obligación constitucional y legal de hacer cumplir lo dispuesto en él. En tal sentido, el MAVDT es responsable por el seguimiento de los actos administrativos de su creación.
En atención a estas funciones la Delegada para Asuntos Ambientales y Agrarios solicitó al MAVDT que informara sobre el seguimiento realizado al cumplimiento de la Resolución 0839 de 2003 a lo cual el Ministerio informó que el 64% de las autoridades reportadas por ese Ministerio no suministró información referente a las limitantes que se les hayan presentado a las corporaciones para el cumplimiento de la resolución y solo el 36% señaló las que se les han presentado, sin embargo en el documento no se observa que en razón a estas dificultades el MAVDT haya expedido alguna ampliación en el término concedido para el cumplimiento de lo dispuesto por la Resolución 0839 de 2003.


Figura 8 Verificación del Cumplimiento de la Resolución 0839 de 2003 - Limitantes en el Cumplimiento de la Resolución. Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorio.

La siguiente gráfica muestra la información remitida por el MAVDT referente a las actuaciones desplegadas por las autoridades ambientales reportadas tendientes a dar cumplimiento de la resolución, en este aspecto se observa que solo el 44% de las autoridades reportaron tener el Estudio del Estado Actual de los Páramos, el 32% corresponde a autoridades que reportaron haber realizado actividades tendientes a dar cumplimiento a la resolución, el 16% son aquellas que no reportan actividades y el dato del 4% corresponde a las que reportaron poseer un estudio parcial y a las que no suministraron información en este aspecto.





Figura 9 Fuente: Verificación del Cumplimiento de la Resolución 0839 de 2003 - Elaboración del Estudio del Estado Actual de los Paramos. Fuente. Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

En lo correspondiente al Plan de Manejo Ambiental, el MAVDT indica que el 80% de las autoridades ambientales no lo tienen, solamente el 12% reportaron poseerlo y el 8% indicaron tener el Plan pero de manera parcial.




Figura 10 Autoridades con Plan de Manejo Ambiental de Paramos. Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

De la información analizada se observa que no solo se está dando un cumplimiento parcial a lo establecido por la Resolución 0839 de 2003 sino que no obra mérito en la documentación remitida al Ministerio Público que justifique este proceder.




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