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Estudio 2872 Presidencia de la República Antecedentes


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I. Garantizar la seguridad del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, de su familia, de los Mandatarios y funcionarios extranjeros que visiten la República Mexicana, de los expresidentes de la República y de otras personalidades que por la importancia de su cargo o encomienda, expresamente ordene el titular del Ejecutivo Federal; así como proporcionar el apoyo logístico inherente a las actividades anteriores;
II. Apoyar al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en el desarrollo de sus actividades;
III. Organizar las actividades conexas a la participación del Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y su señora esposa en actos oficiales, proporcionando los recursos humanos y materiales que se requieran en apoyo de sus actividades;
IV. Garantizar la seguridad de las instalaciones presidenciales;
V. Desarrollar las actividades de inteligencia y contrainteligencia necesarias para el cumplimiento de las funciones del Estado Mayor Presidencial;
VI. Coordinar las actividades de conservación, mantenimiento y restauración de las instalaciones presidenciales a cargo del Estado Mayor Presidencial, y
VII. Administrar los recursos presupuestales asignados por la Presidencia de la República para el desempeño de las actividades correspondientes.”
Es importante destacar las implicaciones de tipo presupuestal que, en términos del referido artículo, conlleva el proporcionar los servicios de seguridad y de protección a la familia del Presidente y a su cónyuge, al establecerse por una parte, que corresponde al Estado Mayor Presidencial el ejercicio de recursos públicos que, para el desempeño de tales funciones, le asigna la Presidencia de la República y, por la otra, al señalarse específicamente que entre dichas funciones, se encuentra la de proporcionar –con cargo a los citados recursos públicos, humanos y materiales-, al Presidente de la República, a su cónyuge y a su familia, seguridad y apoyo logístico en el desarrollo de las actividades inherentes al cargo presidencial.
Cabe señalar que conforme lo que dispone el artículo 3 del REMP, el Estado Mayor Presidencial conduce sus actividades de acuerdo a las órdenes y directivas que al efecto determine el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos y tiene a su cargo el despacho de los asuntos que expresamente le encomienden otras leyes, reglamentos, decretos y acuerdos, en atención de lo cual el Titular del Ejecutivo Federal cuenta con facultades discrecionales para instruir al Estado Mayor Presidencial la realización de actividades en beneficio de su cónyuge y de su familia, que estime necesarias para preservar la seguridad y protección de éstos.

A continuación esta el estudio que la Dirección General de Coordinación y Vigilancia, realizó para analizar las fracciones III, IV y XVII, para determinar si se encontró información relacionada a la solicitud del recurrente.



Análisis de la información publicada en la fracción III del Portal de Obligaciones de Transparencia de de la República (directorio de servidores públicos).
El artículo 7, fracción III, de la Ley establece que los sujetos obligados deberán poner a disposición del público y actualizar “el directorio de servidores públicos, desde el nivel de jefe de departamento o sus equivalentes”. De igual forma, el artículo 13 del Reglamento de la Ley establece que “el directorio de servidores públicos que se menciona en la fracción III del artículo 7 de la Ley, incluirá el nombre, cargo, nivel de puesto en la estructura orgánica, número telefónico, domicilio para recibir correspondencia y, en caso de contar con ellos, el número de fax y la dirección electrónica”.
La Presidencia de la República, publica para esta fracción información relativa a las siguientes unidades administrativas:

  • Oficina de la Presidencia para las Políticas Públicas,

  • Oficina de la Presidencia para la Innovación Gubernamental,

  • Secretaría Particular,

  • Coordinación General de Opinión Publica e Imagen,

  • Coordinación General de Comunicación Social,

  • Estado Mayor Presidencial,

  • Coordinación General de Administración,

  • Organo Interno de Control,

  • Apoyo a ExPresidentes y,

  • Personal Contratado por Honorarios.

Fue posible identificar que para cada una de las oficinas arriba mencionadas se publican los siguientes rubros de información:



  • Nombre,

  • Cargo,

  • Nivel Salarial,

  • Domicilio,

  • Teléfono

  • Fax

  • Correo electrónico

  • Regimen

Para el caso del Estado Mayor Presidencial no fue posible encontrar los teléfonos ni fax en su información, asimismo, para el caso de Apoyo a Expresidentes no se localizaron los correos electrónicos para ninguno de los funcionarios publicados. Debido a lo anterior, se considera que la información publicada en esta fracción por la Presidencia de la República no se publica de forma completa, asimismo, no fue posible conocer la fecha de actualización de la información contenida en esta fracción.


De la revisión del cumplimiento de esta fracción realizada el 12 de Diciembre de 2006 en relación a la solicitud del recurrente, fue posible identificar 18 servidores públicos adscritos a la Oficina de Apoyo a la Esposa del C. Presidente. El detalle puede observarse en el último apartado de esta nota.
Análisis de la información publicada en la fracción IV del Portal de Obligaciones de Transparencia de de la Presidencia de la República (Remuneración mensual por puesto, incluso el sistema de compensación).
El Artículo 7 de la LFTAIPG establece, en la fracción IV, que los sujetos obligados deberán publicar y actualizar:

El Portal de Internet debe presentar los siguientes incisos para cada puesto comprendido en la estructura orgánica, básica, no básica y homólogos:



  1. Percepciones netas;

  2. Percepciones Brutas;

  3. Compensaciones brutas;

  4. Compensaciones netas;

  5. Prestaciones del personal de base;

  6. Prestaciones del Personal de confianza;

  7. Remuneraciones del Personal contratado por honorarios;

  8. Número total de plazas;

  9. Número total de personal de honorarios; y

  10. Vacantes de cada unidad administrativa, con relación a su estructura ocupacional, por lo cuál deberá indicar qué puestos son vacantes y pueden ser ocupados y para cuáles no se encuentra disponible el presupuesto.

De la verificación del cumplimiento de esta fracción, esta Dirección General analizó la información publicada y encontró que Presidencia de la República publica información relativa a:



  • Tabulador de Percepciones del Personal de Mando y Enlace (remuneración mensual por puesto),

  • Prestaciones correspondientes al Personal de Mando (prestaciones por puesto),

  • Tabulador de Percepciones del Personal Operativo (remuneración mensual por puesto) y,

  • Prestaciones correspondientes al Personal Operativo y de Enlace (prestaciones por puesto)

De esta información publicada, no fue posible conocer la información relativa a las percepciones netas, compensaciones brutas y netas, remuneraciones al personal de honorarios, número total de plazas, número total por honorarios y vacantes por unidad administrativa , por lo tanto, la Presidencia de la República, no cumple con lo establecido en el Artículo 7. En cuanto al número total de personal contratado por honorarios, esta información se encontró mal ubicada en la fracción III del Directorio y no conforme lo establece la Ley, el Reglamento y los Criterios de Verificación y Evaluación. En relación a las Prestaciones del Personal de Mando se publican aquellas relativas a los: Seguros, las Económicas y las Inherentes al Puesto.


De la búsqueda efectuada por esta Dirección fue posible identificar elementos relacionados con la solicitud del recurrente; en este sentido, los 18 servidores públicos adscritos a la Oficina de Apoyo a la Esposa del C. Presidente presentan su nivel salarial conforme lo establece el Manual de Percepciones de la Administración Pública Federal. Los servidores públicos cuentas con los siguientes niveles; de los 18 servidores públicos: 1 cuenta con nivel de Subsecretario, 5 son Directores generales, 6 son Directores de área, 3 son Subdirectores y 3 son Jefes de departamento.


Análisis de la información publicada en la fracción XVII del Portal de Obligaciones de Transparencia de Presidencia de la República (Otra Información Relevante).
El Artículo 7 de la LFTAIPG establece, en la fracción XVII, que los sujetos obligados deberán publicar y actualizar:
“Cualquier otra Información que sea de utilidad o se considere relevante, además de la que con base en la información estadística, responda a las preguntas hechas con más frecuencia por el público”
En relación a la revisión efectuada por esta Dirección General fue posible localizar en esta fracción una liga denominada “Oficina de Apoyo a la Esposa del C. Presidente, conteniendo un directorio de servidores del personal que estaba adscrito en dicha oficina. 12

Se especifica también que, la Misión de la Oficina de Apoyo a la Esposa del C. Presidente es “Apoyar al Presidente de la República en la planeación, desarrollo y seguimiento de las actividades institucionales que le encomiende a su esposa. Los servidores públicos asignados a ésta área también se incluyen en el directorio de servidores, en cumplimiento con la LFTAIPG”. Sin embargo, no fue posible localizar para esta sección alguna otra información, más que la ya descrita.



Análisis de la Información publicada en la página principal de Presidencia de la República www.presidencia.gob.mx
Esta Dirección General analizó la información contenida en la página principal de Presidencia de la República www.presidencia.gob.mx, y encontró que desde el menú principal se otorga acceso a la liga denominada “Marta de Fox”. En dicho sitio se ofrece la biografía de la esposa del ciudadano Presidente, así como los siguientes apartados: mujer profesionista, en el servicio público, compromiso social, trabajo internacional, trayectoria y trabajo político. No obstante lo anterior, no fue posible identificar alguna otra información que se relacione con los gastos erogados por la misma, tal y como se indica en la solicitud del recurrente. 13


Conclusiones:


  • La fracción III no se encuentra publicada de forma completa; asimismo, no fue posible conocer la fecha de actualización de la información contenida en esta fracción.

  • En el Directorio de Servidores Públicos fue posible identificar 18 elementos relacionados con la solicitud del recurrente..

  • De lo publicado en la fracción IV fue posible identificar que la información publicada no cumple con lo establecido en la normatividad. Adicionalmente, una vez identificados los servidores públicos adscritos a la Oficina de Apoyo a la Esposa del C. Presidente fue posible conocer las remuneraciones y prestaciones que gozaban.

  • En relación a la Fracción XVII, se identificó la existencia de la Oficina de Apoyo a la Esposa del C. Presidente, la relación de servidores públicos adscritos a la misma y la misión de dicha Oficina.

En la página principal de la Presidencia de la República, se identificó una liga denominada Marta de Fox.
A continuación se incorporan los precedentes realizados por la DGAJ.



N° Exp

Solicitud

Respuesta Autoridad

Resolución IFAI

2008/06

MML


PRESIDENCIA

  1. De manera desglosada, informe del gasto realizado tanto por Marta Sahagún de Fox como por los integrantes de su comitiva (17 personas) que asistieron los días 13 y 14 de marzo pasado a Washington, a la exposición “Divina y Humana, la mujer en los antiguos México y Perú”. Dichos gastos personales deben incluir los siguientes conceptos: boletos de avión, traslados terrestres, hospedaje, alimentación, teléfonos (celular, fax y otros) y otros.




  1. Cargo y funciones que realizaron en esos días cada uno de los integrantes del equipo de apoyo de la oficina de la señora Marta Sahagún, de los integrantes del equipo de prensa, y el número de integrantes del personal de Seguridad y Logística del EMP.




  1. Explique las razones por las cuales se registran tres conceptos distintos en transporte aéreo: 8 mil 401.45 dólares americanos, 55 mil 521.31 pesos y 23 mil 032 pesos, y en quienes se erogaron.

Cabe destacar que en resolución del 24 de mayo pasado, el IFAI determinó que dichos datos son de carácter público, por lo cual instruyó a la Presidencia de la República a proporcionar la información requerida.(sic)



El estado mayor presidencial durante el viaje de referencia, erogó por los conceptos de seguridad y logística $ 21,119.25 usd y $ 55,521.37 pesos mexicanos, en los rubros que se mencionan y que corresponden a los gastos originados por 13 personas de las 17 que asistieron al mismo.
Hospedaje……………… …………. $ 5,891.10 usd

Con un costo promedio de $ 256.14 usd por persona, considerando que 8 pernoctaron una noche y 5 pernoctaron tres noches.


Alimentación............................… $ 5,555.10 usd
Con un costo promedio por persona por día de $ 154.31 usd, considerando que 8 tuvieron una estancia de dos días y 5 una estancia de cuatro días.
Telefonía celular……………. $ 248.50 usd

Teléfono y fax…………………. $ 881.05 usd

Transporte terrestre……… $ 142.05 usd

Transporte aéreo …………… $ 8,401.45 usd y $ 55,521.37 pesos mexicanos.
En el concepto de que para estos últimos cuatro rubros, no es posible hacer un desglose como en los dos primeros señalados.
2.- El numero de elementos del estado mayor presidencial que desarrollaron las actividades de seguridad y logística durante dicho viaje, fueron siete.
3.- En relación a los gastos de transporte aéreo erogados por el estado mayor presidencial, la cantidad de $ 8,401.45 dólares americanos, corresponde al pago de combustible y servicios aeroportuarios en los E.U.A., y la cantidad de $ 55, 521.31 pesos mexicanos, corresponde a los mismos rubros en territorio nacional.

MODIFICA.
La Presidencia de la República no se manifestó al respecto de los cargos y funciones de las cinco personas que formaron la Comitiva Oficial de la señora Sahagún de Fox durante los días 13 y 14 de marzo en la ciudad de Washington, ni a que exista alguna imposibilidad para entregar dicha información a la recurrente.
Por lo anterior, este Instituto considera procedente instruir a la Presidencia de la República para que entregue a la recurrente la información relativa a los cargos y funciones que llevaron a cabo las cinco personas que conformaron la Comitiva Oficial de la señora Marta Sahagún de Fox.


938/06

MML


PRESIDENCIA

Solicito el costo que tuvo el viaje de la Sra. Marta Sahagun a Washington, DC hace un par de días, para asistir a la inauguración de una exposición. Favor de incluir los gastos desglosados, así como el total de la gente que la acompaño, el costo por persona en gastos.

Los gastos que se efectuaron durante el viaje son los siguientes, en el concepto de que los mismos corresponden a la seguridad y la logística de la Sra. Marta Sahagun de Fox, de la Comitiva que la acompaño y el personal del propio organismo.

CONCEPTO


G A S T O

DOLARES AMERICANOS

MONEDA NACIONAL

TRANSPORTE AÉREO.

$ 8,401.45

$ 55,521.37.

TRANSPORTACIÓN TERRESTRE.

$ 142.05




ALIMENTACIÓN.

$ 5,555.10




TELÉFONOS CELULARES:

$ 248.50




TELÉFONO Y FAX.

$ 881.05




HOSPEDAJE.

$ 5,891.10




TOTAL:

$ 21,119.25

$ 55,521.37.

El total de personas que acompañaron a la Sra. Marta Sahagun de Fox durante dicho viaje, fue de 17, entre los que se incluyen a la Comitiva, personal de la oficina de apoyo de la Señora Marta Sahagun, de prensa y de seguridad y logística del estado mayor presidencial.

GASTOS DURANTE VIAJE DE LA PRIMERA DAMA PARA ASISTIR A EXPOSICION EN WASHINGTON D.C. EN MARZO DE 2006







FECHA

NO. PERSONAS

BOLETO DE AVIÓN

MONTO

12-14/03/06

1

MEX WAS MEX

4,840.83

11-14/03/06

1

MEX WAS MEX

4,859.53

12-15/03/06

1

MEX WAS BWI MEX

8,428.26

11-14/03/06

1

MEX WAS MEX

4,903.78

GRAN TOTAL

23,032.40




MODIFICA
Este Instituto determina procedente modificar la respuesta proporcionada por la Presidencia de la República, a la solicitud de información materia de la presente resolución, en los siguientes términos:


  1. Respecto del contenido de los contenidos de información 1 y 2 de la solicitud, consistentes en costo del viaje realizado por la señora Marta Sahagún de Fox a la ciudad de Washington, DC, en el mes de marzo de 2006, con gastos desglosados, así como al número de personas que acompañaron a la señora Sahagún de Fox en dicho viaje; procede confirmar la respuesta emitida por el sujeto obligado.

  2. Con relación al contenido de información número 3 de la solicitud, relativo al costo del viaje en gastos por persona, la Presidencia de la República deberá poner a disposición del recurrente dicha información, toda vez que se trata de documentos que los funcionarios públicos deben generar como resultado del cumplimiento de una obligación.

En lo concerniente al contenido de información número 4 de la solicitud, referente al itinerario que siguió la señora Marta Sahagún de Fox durante el viaje que realizó a la ciudad de Washington, DC, los días 13 y 14 de marzo de 2006; la Presidencia de la República, deberá acreditar a este Instituto la entrega de dicha información al recurrente.

601/06

JPGA


PRESIDENCIA

Solicito un desglose de los gastos médicos del Presidente Vicente Fox y de su esposa Martha Sahún.

Sobre el particular, se envía información solicitada:





Seguro de Gastos Médicos Mayores Mensual $

Lic. Vicente Fox Quesada

(Titular)



190.88

Sra. Marta Sahagún de Fox

(Cónyuge)



304.72




MODIFICA.
Procede modificar la respuesta del sujeto obligado a efecto de que realice lo siguiente:


  1. Ponga a disposición del recurrente, para su consulta en sitio –de acuerdo a la modalidad que eligió en su solicitud-, las versiones públicas de las facturas relativas a los gastos que realizó Presidencia por concepto de la partida 2504 “Medicinas y productos farmacéuticos” en todos los años en los que tales facturas existan -desde diciembre de 2000 al 17 de enero de 2006-, y en su caso, declare la inexistencia de las facturas en aquellos años o parte de éstos en los que no se hubieran generado tales gastos, de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 46 de la Ley y 70, fracción V de su Reglamento.

En las versiones públicas exclusivamente se testarán los datos personales confidenciales en términos de los artículos 3, fracción II y 18, fracción II de la Ley, y ponerlos a disposición del recurrente para su consulta en sitio.


2. Oriente al recurrente en los términos de los artículos 28, fracción III y 40, tercer párrafo de la Ley, para que en caso de que sea de su interés ingrese una solicitud de acceso al Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas, con relación a los gastos que se hayan realizado por las prestaciones médicas a las que tiene derecho el Presidente y su familia, en su calidad de Mando Supremo del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos.
3. Informe sobre los montos mensuales del Seguro de Gastos Médicos Mayores del Presidente de la República y de su esposa relativos al periodo diciembre de 2000 al 2004 y del 1 al 17 de enero de 2006, tomado en consideración que contrajeron matrimonio el 2 de julio de 2001.

1871/05

JPGA


PRESIDENCIA

Cantidad de dinero gastada con recursos públicos por la pareja presidencial en ropa durante el presente año. Costo promedio diario en alimentos para la familia de Vicente Fox Quesada en la Residencia Oficial de Los Pinos. Marca de trajes y zapatos que utiliza Vicente Fox.

De acuerdo al Clasificador por Objeto del Gasto de la APF en la partida 3825 ‘Gastos Inherentes a la Investidura Presidencial’ se registran las asignaciones destinadas a cubrir las erogaciones que se originen con motivo de las funciones oficiales en eventos nacionales y en el exterior. Incluye los gastos del Titular del Ejecutivo Federal y de la Primera Dama por concepto de atuendo de gala, vestuario general, y cualquier tipo de accesorios de carácter personal requeridos en actos oficiales que se realicen en el país o en el exterior. Incluye también los gastos de traslados, alimentos y hospedaje de invitados que por la naturaleza de sus actividades particulares sean requeridos para asistir a los eventos oficiales en los que participen el C. Presidente de la República y/o la Primera Dama.
De la revisión efectuada a los expedientes de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto y de acuerdo al Estado del Ejercicio en el presente año, no se identifican gastos relacionados en dicha partida. Por lo que respecta a la marca de trajes y zapatos que utiliza la pareja presidencial, se describen los siguientes: Erzegal S.A. de C.V., Santoria Classica S.A. de C.V., Su Misura S.A. de C.V., Ladies & Gents Custom Tailors & Exporters., Frattina S.A. de C.V., y Macario Jiménez S.A. de C.V, en los años 2001-2003.
Por otro lado, la Partida 2200, PRODUCTOS ALIMENTICIOS (se refiere a toda la Presidencia de la República, y es que dentro del Presupuesto de Egresos de la Federación no existe partida que le impacte de manera exclusiva al costo en alimentación para la alimentación del C. Presidente de la República).
Cabe hacer mención de que en esa partida se incluyen los gastos de alimentación del C. Presidente Vicente Fox, su cónyuge y su familia y no está separado del gasto total descrito en el párrafo anterior. […]
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