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Ejecución de la resolución nú


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EJECUCIÓN DE LA RESOLUCIÓN NÚM. 19
El Iltmo. Sr. Presidente Acctal. De la Corporación Provincial D. Ginés Martínez Balastegui, ha dictado la siguiente resolución:
En el Palacio Provincial de Almería, a dieciocho de Enero de dos mil cinco.

Conocida la propuesta de resolución del Delegado del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, de 4 de Enero de 2.005, que dice:


" UTILIZACIÓN DE LOS CERTIFICADOS LOTUS/NOTES DE LA RED PROVINCIAL (dipalme.org) PARA LA CREACIÓN DE FIRMA ELECTRÓNICA ACORDADA.


Según acuerdo núm.5, adoptado en Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Almería, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de Agosto de 2004, se aprueba la “Adhesión de la Diputación al Convenio Junta de Andalucía-F.N.M.T., para la prestación de servicios de Certificación de Firma Electrónica”.

Vista la solicitud que la Comisión Permanente del Convenio Marco de Cooperación para la Implantación Y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración efectuó en su reunión del pasado veintiocho de Septiembre, solicitando la Aprobación, por parte del Presidente de la Diputación del Servicio de Firma Electrónica Acordada, utilizando los certificados Notes, en las relaciones entre usuarios de la red provincial.

Y, según se puso de manifiesto en el informe adjunto del Jefe del Servicio de Régimen Interior, del 6 de Agosto de 2004 a instancias de los compañeros de las reuniones de normalización, conscientes de la necesidad de implantar sistemas de firma electrónica para agilizar el funcionamiento de la administración y el cumplimiento de lo establecido en el artículo 70 bis-3 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, introducido por la Ley 57/2003, de 16 de Diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local. Para que los certificados de firma electrónica del sistema Lotus Notes de la red provincial puedan utilizarse para la generación de firmas acordadas con los efectos previstos en la vigente Ley 59/2003, es preciso, no sólo reconocer valor interno en las relaciones entre usuarios de la red provincial, a los documentos electrónicos que se generen con el citado certificado sino que deberá establecerse un sistema formal de registro asociado a la entrega del ID notes a un usuario que permita comprobar la identidad y otras circunstancias personales del mismo, con el objeto de garantizar que el ID se recibe exclusivamente por el titular del mismo y que éste se hace responsable de su custodia y de la autoría de los documentos que con el mismo se firmen, salvo uso fraudulento.

En consecuencia con cuanto antecede, esta Delegación propone que el Presidente de la Corporación, en virtud de las facultades que tiene legalmente atribuidas, dicte la siguiente Resolución:

1.- Ordenar al Área de RR.HH. y Régimen Interior, establecer un Sistema Formal de Registro asociado a la entrega del ID notes a un usuario que permita comprobar la identidad y otras circunstancias personales del mismo, con el objeto de garantizar que el ID se recibe exclusivamente por el titular del mismo y que éste se hace responsable de su custodia y de la autoría de los documentos que con el mismo se firmen, salvo uso fraudulento.

2.- Reconocer valor de firma acordada, con los efectos previstos en la vigente Ley 59/2003, de Firma Electrónica; a todos los documentos electrónicos y de comunicación que con valor interno o con otros dominios notes declarados de confianza, se emitan utilizando certificados Lotus Notes de la Red Provincial, por usuarios de la misma que estén Registrados y hayan firmado el documento de conocimiento y aceptación de las condiciones de utilización del ID Notes en la Red Provincial."

Obra en el expediente el preceptivo informe, a que se refiere el art. 172 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, de 28 de noviembre de 1986.

Esta Presidencia, en virtud de las facultades que le están atribuidas, ACUERDA:

Aprobar, en todas sus partes, la propuesta de resolución del Delegado del Área de Recursos Humanos y Régimen Interior, anteriormente transcrita.

Lo manda y firma el Presidente Acctal., en el lugar y fecha arriba indicados, ante mí el Secretario General, de lo que certifico; así como que el presente decreto se halla extendido en dos folios de papel timbrado del Estado, clase 8ª, serie OH, números 5305392(reverso) y 5305393(reverso).


Almería, a 19 de enero de 2005


Fdo.: Mariano José Espín Quirante


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