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Almeria servicio de Régimen Interior


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EXCMA. DIPUTACION PROVINCIAL Area de RR.HH. y R. Interior.

ALMERIA Servicio de Régimen Interior.




ANEXO
SERVICIO DE FIRMA ELECTRÓNICA ACORDADA, UTILIZANDO LOS CERTIFICADOS LOTUS/NOTES DE LA RED PROVINCIAL (DIPALME.ORG), EN LAS RELACIONES ENTRE USUARIOS DE LA MISMA Y DOMINIOS DE CONFIANZA

DEFINICIÓN:
El servicio permitirá a los poseedores de un certificado Lotus Notes/Dominio de la Red Provincial, utilizarlo para dar valor de documento electrónico acordado de conformidad con la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica, en las relaciones con otros poseedores de certificados; siempre que sus respectivas Entidades Locales adheridas al Convenio Marco de Cooperación para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración, hayan aprobado la utilización de éste servicio.

MODALIDADES DEL SERVICIO:
El Servicio de Firma Electrónica Acordada, utilizando los Certificados Notes, en las relaciones entre usuarios de la Red Provincial sólo podrá tener valor en el intercambio de documentos electrónicos, generados con un certificado Lotus Notes/Dómino de la Red Provincial, siempre que hayan concurrido los siguientes requisitos:
1.- Que las Entidades Locales que deseen utilizar este servicio hayan solicitado previamente los Servicios Básicos de Teleadministración en la Red Provincial.
2.- Que las Entidades Locales adheridas al Convenio Marco de Cooperación para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración, hayan aprobado la utilización de este servicio y en consecuencia, reconocer valor, como documento electrónico acordado, a los que se emitan, utilizando los certificados Lotus Notes/Dómino de la Red Provincial, en las relaciones con otros usuarios de ésta Red que también lo hayan aprobado; así como con los de otros dominos que puedan ser declarados de confianza en virtud del correspondiente Convenio.
3.- Que la entrega del correspondiente certificado a su titular, se efectué siguiendo el procedimiento de registro que apruebe la Diputación de Almería. Procedimiento en el que se dejará constancia de la identidad del titular-receptor del certificado y de los derechos y obligaciones que al mismo competen, respecto a su utilización y custodia. Y en el que se dispondrá de un plazo máximo de 3 meses, desde la solicitud de la correspondiente Identidad Digital, para formalizar el registro o acreditación. Transcurrido el mismo, de no haberse efectuado la acreditación, quedará anulada la correspondiente sin más trámite.

En cualquier caso, la creación de documentos en el soporte electrónico acordado en el presente servicio, no es obligatoria, sino que los titulares de la firma podrán crear los documentos en el soporte que estimen conveniente siempre que sea admitido en Derecho.



COSTES:
Dado que, la posibilidad de contar con una dirección electrónica para autoridades y departamentos de las Entidades Adheridas al Convenio Marco de Cooperación para la Implantación y Mantenimiento de la Red Provincial de Comunicaciones y Servicios de Teleadministración, está contemplada en aquellas que han solicitado los Servicios Básicos de Teleadministración en la Red Provincial e Internet.
Y, teniendo en cuenta que el contar con dicha dirección electrónica ya implica el poder utilizar el certificado Lotus Notes/Dómino asociado a la misma.
El Servicio de Firma Electrónica Acordada, utilizando los Certificados Notes, en las relaciones entre usuarios de la Red Provincial, no conllevará coste directo alguno para las Entidades Adheridas al Convenio Marco que lo soliciten.
Las Entidades Locales adheridas, si tendrán que asumir, en su caso, los costes de comunicación o elementos de conexión necesarios que no son otros que los previstos para los servicios básicos de teleadministración que ya deberían estar implantados.

SOLICITUD:
La Solicitud del Servicio de Firma Electrónica Acordada, utilizando los Certificados Notes, en las relaciones entre usuarios de la Red Provincial deber contener el compromiso expreso aprobado por el órgano competente de la Entidad Local solicitante de utilizar este servicio y en consecuencia, reconocer valor, como documento electrónico acordado, a los que se emitan, utilizando los certificados Lotus Notes/Dómino de la Red Provincial, en las relaciones con otros usuarios de ésta Red que también lo hayan aprobado.
También contendrá la identificación con DNI, puesto de trabajo, nombre y apellidos de la persona que deberá registrarse personalmente en las oficinas de Diputación para recoger su certificado y que, asumirá en lo sucesivo, las funciones de registro del resto de usuarios de su Entidad.
Y remitirse, al Área de RR.HH. y Régimen Interior de la Diputación Provincial de Almería, Servicio de Régimen Interior. C/ Navarro Rodrigo, 17 04071 Almería.

PLAZO DE PREAVISO PARA EL CESE DE LA UTILIZACIÓN:
Cuando una Entidad que viniere utilizando el servicio quiera dejar de hacerlo, deberá comunicarlo al Área de RR.HH. y Régimen Interior de la Diputación Provincial de Almería, Servicio de Informática. C/ Navarro Rodrigo, 17 04071 Almería, con un mes de antelación.
No obstante el cese no surtirá efectos mientras no se hubieren devuelto o anulado, en su caso, los correspondientes certificados Lotus Notes/Dómino.

PRERREQUISITOS:
Para utilizar este Servicio, los Entes Adheridos que lo soliciten, deberán adoptar los acuerdos de aplicación previstos y contar con los elementos establecidos como prerrequisitos en el Servicio Básico de Teleadministración en la Red Provincial e Internet que previamente debe haberse solicitado.
PROTECCIÓN DE DATOS:
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, le informamos que los datos personales facilitados se incorporan y mantienen en un fichero titularidad de la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA, con la finalidad de gestionar la prestación de servicios electrónicos, informáticos y telemáticos por la Diputación de Almería y Entidades Locales de la Provincia de Almería adheridas a la Red Provincial.

Le comunicamos que puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación de sus datos comunicándolo por escrito a la Sección de Régimen Interior de la DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA, en la dirección: C/ Navarro Rodrigo 17, 04001, Almería, adjuntando copia de documento que acredite su identidad.

La DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALMERÍA mantendrá la más absoluta confidencialidad respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso y únicamente podrá cederlos a las Administraciones Públicas a las que esté legalmente obligada, de acuerdo con la legislación vigente; no pudiendo hacerlo con respecto a terceros privados.

En caso de que en el documento deban incluirse datos de carácter personal referentes a terceras personas físicas distintas de la/las firmantes, deberá, con carácter previo a su inclusión, informarles de los extremos contenidos en el párrafo anterior.

DILIGENCIA para hacer constar que el presente ANEXO, fue aprobado inicialmente por Resolución 205/2005 de 16/02 y Modificado por Resolución 1.606/2006 de 29/9 y x/2007.

En Almería a cuatro de octubre de dos mil seis

EL JEFE DE SERVICIO DE RÉGIMEN INTERIOR.

Página de



C/ Navarro Rodrigo, 17. 04071 Almería. Telef. 950-21.11.71. Fax: 950-21.11.94. Correo-E: lgarciam@dipalme.org


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