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Alcaldia municipal de hato corozal


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ALCALDIA MUNICIPAL DE HATO COROZAL


“ Nuestro Gobierno, Asunto de Todos “

DEPARTAMENTO DE CASANARE


ESQUEMA DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL


ARQ. FLOR MARINA MAHECHA MONTAÑA.

Consultor




Abril de 2000

CAPITULO 1. GENERALIDADES



1 INTRODUCCION CAPITULO I
El Ordenamiento Territorial es una herramienta que las autoridades regionales, departamentales y nacionales, tienen a mano para acercar la realidad rural y urbana a programas de inversión, producción y financiamiento. Dicho ordenamiento se hace indispensable como medida fundamental para que los distintos entes institucionales del Estado y de los particulares, puedan visualizar con cierto orden y adecuación, el alcance de las políticas de fomento y reestructuración diseñadas a partir de prioridades de municipios, ciudades y otros conglomerados sociales.
Dada la necesidad en la definición y regulación de los instrumentos administrativos bajo los cuales deberían someterse aquellas actividades que no causaran un deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente y su entorno físico ; el Ministerio del Medio Ambiente a través de sus Corporaciones establece la ejecución de Planes de Manejo Ambiental y Ordenamiento Territorial tendientes a regular, contrarrestar y minimizar todos aquellos efectos negativos que atenten contra el normal equilibrio de nuestro hábitat.
En términos generales, se persiguen tres aspectos fundamentales que son:


  • Plantear el desarrollo integral del municipio previniendo el desorden del crecimiento urbano, puesto que éste fenómeno descontrolado de la urbanización es la mayor causa de degradación de muchos de los recursos naturales, de utilización irracional de las grandes inversiones públicas en materia de infraestructura, de la ubicación de asentamientos en zonas de alto riesgo y además problemas que afectan el nivel de la población.




  • Búsqueda de mayor equidad en el desarrollo integral de la población.




  • Lograr una mayor funcionalidad espacial en la ciudad, bajo los principios de concurrencia, subsidiaridad y complementariedad de acuerdo a la Ley 152 de 1.994 y dentro de los lineamientos básicos de la reciente ley 388 de Julio 18 de 1.997.

El Plan de Gobierno que actualmente se cumple en el municipio de Hato Corozal planteado por el Señor Alcalde Holger Ricardo Rincón Blanco, será el pionero en generar un cambio social y un desarrollo humano, cultural económico; donde cada uno de los habitantes de Hato Corozal, se conviertan en actores comprometidos para hacer del Desarrollo un propósito del Municipio con Proyección futura.


Así pues, se podrá entonces asegurar desde las diferentes esferas gubernamentales, verdadera cobertura de medios y estrategias tendientes a proporcionar bienestar a hombres y mujeres comprometidos diariamente en tareas cuyo objeto es el de lograr una mejor forma de vida.

2 OBJETIVOS

2.1 GENERALES




  • Realizar el estudio que defina El Esquema de Ordenamiento Territorial del Municipio de Hatocorozal, en su fase de formulación, teniendo en cuenta, las etapas de diagnóstico, evaluación y prospectiva. Adicionalmente, se darán las pautas para la formulación, definición y elaboración de programas y proyectos.




  • Que el E.O.T. sirva a los alcaldes como herramienta indicativa para realizar sus propios programas de gobierno y contribuyan a hacer los ajustes pertinentes a este valioso instrumento, proyectado al nuevo siglo.




  • Asegurar el cumplimiento de normas de carácter nacional que tienden a la conservación y preservación de cuencas hidrográficas, reservas forestales y el ecosistema de flora y fauna del territorio municipal.




  • Orientar las acciones sobre los usos del suelo urbano y rural para que su destinación cumpla una función social mediante la aplicación de unidades de actuación con destinación de uso específico


2.2 ESPECIFICOS


  • Realizar el proceso de zonificación con bases de unidades de ordenamiento territorial del Municipio de Hatocorozal, con el fin de facilitar el desarrollo de la competitividad, la gobernabilidad y el desarrollo social en condiciones de equidad.




  • Proponer los fines y escenarios de uso de la tierra de acuerdo con la aptitud de ésta en función de los objetivos de desarrollo, potencialidades y limitantes biofísicos, económicos, culturales y politico-administrativos.

  • Propender por la localización y distribución funcional de la población y las actividades productivas, en armonía con el medio ambiente y el desarrollo integral sostenible del municipio, en la búsqueda del mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes.

  • Identificar y espacializar las áreas sujetas a regímenes jurídicos de manejo especial y proponer las áreas que por su importancia estratégica, ecosistémica y/o social, ameriten un uso concertado o un régimen de protección legal.

  • Identificar y espacializar las áreas amenazadas por fenómenos naturales o antrópicos que estén afectando o puedan afectar el territorio, la población y/o sus actividades.

  • Establecer programas destinados a la protección de la población localizada en áreas de ocurrencia de fenómenos naturales que impliquen amenaza.

  • Identificar y evaluar el capital social neutral y la sostenibilidad de las actividades productivas y extractivas para establecer las ventajas comparativas subregionales.

  • Identificar las potencialidades y fortalecer la conservación y defensa del patrimonio cultural del municipio.

  • Integrar y orientar la formulación de los planes de gestión ambiental municipal.

  • Orientar la distribución y localización de infraestructura destinada a mejorar las condiciones de salud, educación, servicios públicos y acceso a nivel veredal y de los corregimientos.




  • Proponer mecanismos de participación (consulta y concertación) de la sociedad civil en las etapas de diagnóstico, prospectiva e implementación del Plan, tendientes a la legitimidad del proceso ordenador.




  • Estimular la conciencia ambientalista en la ciudadanía y la administración municipal acerca de la importancia de la educación, la participación y la integración de la comunidad en los diferentes proyectos de desarrollo urbano




  • Estimular la diversificación de las actividades económicas y la generación de empleo con programas de apoyo al productor primario y al transformador de productos.


3 ALCANCES
El E.O.T. permite mediante la realización de un pre-diagnóstico y un diagnóstico dimensional participativos, la articulación de la Supra-dimensión Ambiental, con los componentes Físico, Biótico, Económico, Social, Cultural, Político y Urbano dentro de una misma Unidad Territorial y los sub-componentes de Infraestructura (productiva y reproductiva ) tanto Institucional Administrativa como la Fiscal Financiera.

Para el análisis de estas dimensiones se tendrá presente la peculiar espacialización que cada una de ellas presenta dentro del entorno físico-natural urbano y rural.


La realización de éste tipo de estudios, ofrece la consolidación de un proceso participativo y de fortalecimiento administrativo Municipal, llegando a niveles de coordinación que permitan verdaderos procesos de cambio de acuerdo con los requerimientos particulares de los diferentes grupos sociales y la potencialización de los distintos recursos humanos, técnicos, naturales y financieros de las respectivas Veredas municipales.

Como el diagnóstico territorial, en general, está orientado al conocimiento integral de la realidad urbana-rural, precisa de una comunidad no sólo su participación, sino que a su vez garantiza todo un proceso de sociabilización entre sus gentes y entre éstas y su entorno territorial.


Es el EOT quien define los escenarios y sus dinámicas, a partir de un análisis situacional, de cara a una síntesis de problemas y opciones del desarrollo territorial.

Los resultados de ésta formulación del EOT orientarán la etapa de evaluación y prospectiva y contribuirán al diseño de estrategias y políticas de planificación y regulación del uso de la tierra, la compatibilización de actividades en el espacio, el desarrollo de procesos sostenibles de crecimiento y tiene a su interior la implementación de medidas de manejo y de gestión ambiental, la dotación de servicios públicos, la localización de la inversión, el aprovechamiento de las ventajas comparativas o la construcción de éstas.




4 ANTECEDENTES
En Colombia, el proceso de ordenamiento territorial ha tenido una trayectoria relativamente corta, marcada por la divergencia de enfoques e interpretaciones corporativas. En realidad el ordenamiento se ha trabajado en el país desde hace más de veinte años pero casi siempre circunscrito al manejo y conservación de los recursos naturales.1
En ésta línea se realizaron diferentes experiencias y trabajos que en algunos casos materializaron resultados concretos, cuya evidencia fue una mejora e la calidad de vida de las comunidades, pero en muchas ocasiones fueron únicamente aproximaciones tecnicistas. En general, el ordenamiento de entonces era una práctica que intentaba desarrollar diagnósticos exhaustivos, habitualmente paramétricos y descriptivos de la estructura del territorio.
En contados estudios se consideraba la dinámica y el carácter relacional del territorio, por lo que se tenía dificultades para producir una lectura correcta, y para actuar de cara sobre las problemáticas y las oportunidades del mismo. De igual forma en muchos de los trabajos no se incluyó la participación de la sociedad civil y de las instituciones competentes, por lo cual la incorporación de estas iniciativas en procesos reales de gestión del desarrollo territorial fue mínima. Otro de los factores que identificó el OT, fue la carencia de normativa y desarrollos legales como soporte de la gestión de las entidades territoriales, con lo cual las posibilidades de legitimar el ordenamiento como estrategia e instrumento de desarrollo fueron muy reducidas.
A partir de la Constitución Política de 1991 el OT ha tomado vigencia de manera paralela al proceso de descentralización del país. La distribución de competencias y recursos del nivel nacional a los municipios y departamentos ha abierto perspectivas en términos de una nueva división político administrativa, a través de la constitución de nuevas entidades territoriales, administrativas y de planificación.2
Con base en estos preceptos se desarrollaron en el país una serie de enfoques y elaboraciones conceptuales diversas y jalonadas por múltiples sectores de opinión, lo que a la postre redundo en un enriquecimiento de la perspectiva del proceso. Estos valiosos aportes imprimieron un contexto democrático y participativo, que fue exitosamente canalizado por la Comisión de Ordenamiento Territorial, de la cual el IGAC, ejercía la Secretaria Técnica.
La COT en desarrollo de su misión constitucional, interpretó en principio el ordenamiento territorial “ como un conjunto de aciones concertadas, para orientar la transformación, ocupación y utilización de los espacios geográficos buscando su desarrollo socioeconómico, teniendo en cuenta las necesidades e intereses de la población, las potencialidades del territorio considerado y la armonía con el medio ambiente “.3
Compartiendo ésta visión el IGAC, cuyo marco de trabajo se funda en el estudio integral del “espacio “, incorporó otros elementos que le dieron al OT la connotación de instrumento de planificación, en donde intervienen a demás de elementos político administrativos, estrategias para la actuación e intervención del territorio. De ésta forma se ha considerado que “el ordenamiento territorial es la política del Estado, que permite una apropiada organización político-administrativa de la Nación y la proyección espacial de las políticas sociales, económicas, ambientales y culturales de la sociedad, proponiendo un nivel de vida adecuado de la población y la conservación del ambiente “.4

El Gobierno, con los aportes y las recomendaciones de la COT, preparó el Proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial. La base de la propuesta es una serie de principios generales junto con el desarrollo de aquellos elementos materia de Ley Orgánica no debatidos en la corporación legislativa.


Con el proyecto, se complementa la normatividad territorial, básicamente en los temas de provincias, regiones, territorios indígenas, principios y distribución de competencias. En concreto señala que: “el ordenamiento territorial tiene como finalidad robustecer la unidad de la República de Colombia, a través del reconocimiento de la autonomía de sus entidades territoriales y por medio de la descentralización administrativa, la democracia participativa y el pluralismo social “.5

5 MARCO CONTEXTUAL DEL ESQUEMA
El Ordenamiento Territorial se constituye en una política y un instrumento de planificación al servicio del desarrollo de las regiones para competir en el mercado internacional, creando nuevas ventajas comparativas y competitivas y desarrollando las actuales, dentro del marco de sostenibilidad ambiental.6
La formulación del Esquema de Ordenamiento Territorial, parte del reconocimiento de la identidad y diversidad regional, expresada en unidades regionales con oportunidad, limitaciones y problemas particulares. Estas unidades al ser el soporte territorial de la planificación, concretan la dimensión espacial que exige la concepción de desarrollo.
El Ordenamiento Territorial reconoce la existencia de actores sociales, con intereses, aspiraciones, expectativas y percepción de los problemas diferentes y en muchos casos contradictorios y reconoce que los recursos naturales no son ilimitados y que la biodiversidad es clave para la conservación de las condiciones de habitabilidad futura del planeta.
La concepción y perspectivas del Ordenamiento Territorial en Colombia se deducen de la interpretación de las normas constitucionales, de las Leyes 99 de 1993 y 152 de 1994, de las recomendaciones de la Comisión de Ordenamiento Territorial (COT), del contenido del Proyecto de Ley Orgánica Territorial (LOT), de los desarrollos conceptuales y metodológicos del IGAC., además de algunas entidades territoriales departamentales, y del Modelo Alternativo de Desarrollo que define la política de desarrollo del país.
La COT interpretó el Ordenamiento Territorial como un conjunto de acciones concertadas, para orientar la transformación, ocupación y utilización de los espacios geográficos buscando su desarrollo socioeconómico, teniendo en cuenta las necesidades e intereses de la población, las potencialidades del territorio considerado y la armonía con el medio ambiente.
El nuevo Proyecto de LOT complementa la normatividad territorial, en los temas de provincias, regiones, territorios indígenas, principios y distribución de competencias y propone que el Ordenamiento Territorial tenga como finalidad robustecer la unidad de la República de Colombia, a través del reconocimiento de la autonomía de sus entidades territoriales y por medio de la descentralización administrativa, la democracia participativa y el pluralismo social, propone la asignación de competencias en materia de ordenamiento espacial del territorio.
El Uso de la Política de Ordenamiento del Territorio, tiene que ver con :

  • Regionalización del territorio.

  • Productividad y Competitividad.

  • Desarrollo social con equidad territorial.

  • Sostenibilidad ecológica del desarrollo.

  • Gobernabilidad.

Se identifican como Principios del Ordenamiento Territorial Municipal los siguientes :



  • Autonomía.

  • Descentralización.

  • Pluralismo.

  • Equilibrio.

  • Diversidad e Interculturalidad.

El Plan de Ordenamiento Territorial presenta un conjunto de atributos o cualidades que definen su naturaleza y dinamismo, que a su vez, se constituyen en unos principios orientadores ; estos son : holístico, prospectivo, flexible, democrático, multi e interdisciplinario y armónico en su línea vertical.


Los Planes de Ordenamiento Territorial, globalmente propenderán por formular las políticas municipales o departamentales de uso y ocupación del territorio ; por elaborar una propuesta concertada para la distribución y regulación de los usos de la tierra y la localización funcional de las actividades e infraestructura ; por proponer e implementar las medidas necesarias para la solución de los conflictos relativos al uso del territorio y establecer un marco normativo para el control y regulación de las acciones y usos previstos en el plan, así como la determinación de mecanismos de gestión.
Dichos planes, deben involucrar mecanismos y estrategias para la participación de la sociedad civil en la formulación, ejecución y evaluación del Esquema ; la distribución equitativa y eficiente de las oportunidades de desarrollo, propendiendo por un mayor acceso a los servicios públicos a cargo del Estado ; la propuesta de alternativas de uso de la tierra basadas en una evaluación y compatibilización de intereses y expectativas sociales, de fundamentos técnicos y de viabilidad política y el establecimiento de un sistema de información que permita la actualización y monitoreo permanente del Plan de Ordenamiento Territorial.
El Plan de Ordenamiento Urbano, debe ser perfectamente consistente con el Esquema o Plan de Ordenamiento del Municipio del cual es cabecera, que a su vez deberá ser complementario y compatible con el Plan de Ordenamiento Departamental.

5.1 MARCO ESPACIAL
El municipio de Hato Corozal se encuentra ubicado al norte del departamento de Casanare, su cabecera municipal se localiza en los 6° 09’ 38” de latitud norte; y en los 71° 45’ 55” de longitud al oeste del meridiano de Greenwich.
Como municipio fue creado mediante ordenanza numero 25 de diciembre 14 del año 1.956, por la gobernación del Departamento (Concejo Administrativo Departamental). Sus fundadores aparecen en el registro histórico familia Delgado y Gutierrez. El relieve es ligeramente variado, incluye una pequeña porción de piedemonte, altiplanicie y lomerío y en su gran mayoría es una vasta área de planicie.
Su rango de variación altitudinal se extiende desde los 1400 msnm vértice geodésico “Punto Manare 1136” en los 6° 04’ de latitud norte y los 72° 02’ de longitud oeste, en jurisdicción del Resguardo Indígena CHAPARRAL-BARRONEGRO, hasta los 75 msnm en los 5° 59’ de latitud norte y los 69° 58’ de longitud oeste, en jurisdicción del Resguardo Indígena CAÑO MOCHUELO.
Vale la pena aclarar que la zona de lomerío (extremo occidental del municipio), no ocupa una extensión muy representativa (300 km2 aproximadamente), siendo un poco más importante en estos términos la zona de piedemonte (consecutiva a la anterior), que se encuentra en 575 msnm (700 km2 aproximadamente, con una pendiente no mayor del 12%), y casi la totalidad del área corresponde a planicie (consecutiva a ese extremo occidental y en dirección oriental, 4436 km2 aproximadamente.
TABLA 1. MARCO ESPACIAL MUNICIPIO DE HATO COROZAL.

MUNICIPIO

Latitud N

Longitud W

Altitud mts

Extensión Kms

Hato Corozal

6° 09’ 38”

71° 45’ 55”

250

5436

Fuente: Este Estudio
5.2 MARCO JURIDICO LEGAL
Por ser el territorio, conjuntamente con la población y la organización jurídico-política, los elementos integrantes del Estado, la Constitución Política establece los principios para su organización.7
El O.T. en la Constitución está concebido desde una perspectiva múltiple, y establece sus fundamentos permeando temas tales como: Régimen territorial; patrimonio cultural, étnico y natural, desarrollo territorial equilibrado y participación social.

  • Leyes sobre las que se Fundamenta - Resumen Normativo General


Ley 388/97 Desarrollo Territorial

Ley 9/89 Reforma Urbana

Decreto 1222/86 Código de Régimen Departamental.

Ley 136/94 Régimen Municipal

Ley 60/93 Normas Orgánicas sobre distribución de Competencias

Ley 70/93 Identidad cultural, propiedad colectiva y otros derechos de las comunidades negras.

Ley 101/93 Ley general de desarrollo agropecuario y pesquero

Ley 105/93 Ley básica del transporte

Ley 115/94 Ley general de educación

Ley 128/94 Ley orgánica de las áreas metropolitanas

Ley 134/94 Mecanismos de participación ciudadana

Ley 141/94 Fondo Nacional de Regalías

Ley 160/94 Sistema nacional de reforma agraria

Proyecto de Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial

  • Competencia de Municipios - Constitución.

Al municipio como entidad fundamental de la división político - administrativa del Estado, le corresponde prestar los servicios públicos que determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento social y cultural de sus habitantes, y cumplir con las demás funciones que le asigne la Constitución y la Ley.

Corresponde al Consejo Municipal ; Reglamentar los usos del suelo y dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.


Competencias de los Municipios - Ley 99 de 1993

  • Promover y ejecutar programas y políticas nacionales, regionales y sectoriales con relación al medio ambiente y los RECURSOS NATURALES, articulados a los planes y programas regionales, departamentales y nacionales.

  • Dictar con sujeción a disposiciones superiores, las normas para la conservación del patrimonio ecológico del municipio.

  • Colaborar con las CAR’s, en la elaboración de planes ambientales.

  • Ejercer a través del Alcalde y en coordinación con el SINA, con sujeción a la distribución legal de competencias, funciones de control y vigilancia del medio ambiente y los RECURSOS NATURALES.

  • Dictar dentro de los limites establecidos por la Ley, los reglamentos y las disposiciones superiores, las normas de ordenamiento territorial del municipio y las regulaciones sobre el uso del suelo.


Competencias de Municipios - Ley 136 de 1994

  • Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande el progreso municipal.

  • Planificar el desarrollo económico, social y ambiental de su territorio, de conformidad con la Ley y en coordinación con otras entidades.

  • Velar por el adecuado manejo de los RECURSOS NATURALES y del medio ambiente, de conformidad con la Ley.

  • Cuando el desarrollo de proyectos de naturaleza física, minera o de otro tipo, amenace un cambio significativo del uso del suelo, o una transformación en las actividades tradicionales del municipio, se deberá realizar una consulta popular de conformidad con la Ley. La responsabilidad de estas consultas, estará a cargo del respectivo municipio.

  • El Alcalde deberá velar por el desarrollo sostenible en concurrencia con las actividades que determine la Ley.


Competencias de los Municipios - Ley 152 de 1994

  • Alcance de la planeación de las entidades territoriales: Las entidades territoriales tienen autonomía en materia de planeación del desarrollo económico, social y de la gestión ambiental, en el marco de las competencias y recursos que les ha atribuido la Constitución y la Ley.

  • Para el caso de los municipios, además de los planes regulados por la Ley, contarán con un Plan de Ordenamiento Territorial. El Gobierno Nacional y los departamentos brindarán las orientaciones y el apoyo técnico para la elaboración de los planes de ordenamiento territorial.


Competencias de los Municipios - Ley 388 de 1997

Los municipios y los distritos deberán formular y adoptar los planes de ordenamiento territorial, contemplados en la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo y la presente Ley, reglamentar de manera especifica los usos del suelo en las áreas urbanas, de expansión y rurales, de acuerdo con las leyes de optimizar el uso de las tierras disponibles y coordinar los planes sectoriales, en armonía con las políticas nacionales y los planes departamentales.




6 METODOLOGIA

El Esquema de Ordenamiento Territorial, como instrumento de planificación consta de dos grandes fases que a su vez se componen de siete etapas que se desarrollan de forma interactiva, es decir que desarrollan un proceso de retroalimentación permanente. Las dos grandes fases del Esquema son :


  • La Formulación cuyo propósito final es de obtener un documento y unos mapas que representan el conjunto de alternativas y escenarios para el mejoramiento integral de las condiciones y calidad de vida de la población, expresados territorialmente. La formulación la componen las etapas de diagnóstico, evaluación y prospectiva.




  • La otra gran fase es La Implementación, cuya finalidad es expresar el conjunto de escenarios y alternativas de la fase anterior en un conjunto realizable de programas, proyectos y acciones en el territorio, así como el diseño de estrategias para alcanzar los objetivos del ordenamiento. Esta fase la integran las etapas de instrumentación-aprobación, ejecución - seguimiento y control.

Ver Tabla 2. Metodología – Proceso Ordenador


El presente documento contiene los resultados obtenidos en la fase completa de Formulación, al igual que se darán las pautas para la formulación, definición y elaboración de programas, proyectos y acciones, correspondientes a la fase de Implementación, atendiendo las características representativas del municipio como son:



  • Amenazas naturales por movimientos en masa activos, socavación de cauces e inundaciones.

  • Conflictos por el uso de la tierra.

  • Dinámica poblacional.

  • Asentamientos Indígenas

La metodología aplicada en el municipio de Hato Corozal es la recomendada por el IGAC pero ajustada a las caracteristicas propías del municipio y a las necesidades del mismo.

Con la metodología propuesta, inicialmente se tendrá en cuenta la información primaria de aspectos físicos, bióticos, socioeconómicos y culturales; analizada y validada la información de referencia que tenga vigencia, ésta será complementada para obtener mapas temáticos de los aspectos físicos con fines de analizar las características dinámicas de amenazas naturales y antrópicas, análisis de vulnerabilidad y riesgos.
Igualmente con los mapas temáticos físicos, se elaborará un mapa de Uso Actual del Suelo y Cobertura Vegetal, el cual mediante la superposición con el mapa preestablecido de uso potencial, permitirá establecer las zonas en conflicto por el uso del suelo.
Teniendo en cuenta las amenazas naturales y antrópicas, la planificación del uso de la tierra y sus conflictos; y de acuerdo con el análisis detallado de los aspectos socioeconómicos y culturales, se establecerán escenarios de concertación con la comunidad que permitan definir el uso recomendado del territorio con fines de establecer pautas de desarrollo sostenible, acordes con el Plan de Desarrollo del Municipio de Hato Corozal.

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