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Su despacho


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Abg. Luis Ambrosio Ramírez Sánchez

INPREABOGADO Nº 222.353

www.firmapersonal.com



CIUDADANO:

REGISTRADOR MERCANTIL TERCERO DEL ESTADO TÁCHIRA.

SU DESPACHO.-

Yo, LUIS AMBROSIO RAMÍREZ SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-10.153.297 con RIF No. V-10153297-2, soltero, domiciliado en San Cristóbal, Estado Táchira, y hábil; ante usted con el debido respeto ocurro para exponer: PRIMERO: He establecido, con dinero de mi propio peculio una Firma Personal cuya razón será: “AMBROSIO CAFÉ LIBERLAND”, el cual tendrá su domicilio en el Municipio San Cristóbal, parroquia Pedro María Morantes, sector Barrio Obrero, Estado Táchira, carrera 18 entre calles 9 y 10, casa NRO 9-55; pudiendo establecer sucursales en cualquier otro lugar de la República Bolivariana de Venezuela o fuera de ella. SEGUNDO: el objeto principal es: la compra, venta, comercialización, elaboración, importación y exportación previo cumplimiento de los requisitos legales al detal de todo lo referente: cafetería, gastronomía, delicadeces, tetería, pasapalos, tapas, encurtidos, dátiles, quesos, ciruelas, aceitunas, alcaparras, fruta deshidratada, fruta confitada, germinados, charcutería, postres, tortas, pasteles, sopas, hielo, aderezos, aceites de oliva de sésamo de girasol de maíz de soya, helados, arepas rellenas, cotufas, perros calientes, perros de maíz, casino dog, frapees, fresas con crema, choperas, granizados, obleas, algodón de azúcar, pinchos, asados, brochetas, crepaletas, donas, parrillas, sancochos, hervidos, especias, elaboración de platos de comidas nacionales e internacionales, comidas servidas, comida tipo buffet, estaciones de comida, carritos de comida, mini platillos, recesos o coffee break, Mukimono y todo lo relacionado con esos ramos, producir y realizar operaciones afines y complementarias a la gastronomía tanto en el territorio nacional como en el extranjero. Arrendar todo tipo de equipos como: reverberos, parrillas, equipos de bar, equipos de cocina, equipos de refrigeración, barras móviles, pie bar, equipos para producir hielo. Compra e importación al mayor y venta al detal de todo tipo de bebidas, cocteles, licores artesanales, gaseosas, sodas, cigarrillos y tabacos nacionales e importados. Entendiéndose que lo aquí enumerado es meramente enunciativo, no taxativo, y se puede desarrollar cualquier otra actividad de lícito comercio relacionado con el objeto principal. TERCERO: La mencionada Firma Personal, girará bajo mi firma y responsabilidad, siendo yo la única persona responsable de sus operaciones mercantiles. CUARTO: El capital del Fondo de Comercio en referencia es de CIENTO OCHENTA MIL BOLÍVARES (Bs.180.000,oo) representados en mobiliario y dinero en efectivo. A los fines de dar cumplimiento lo establecido con el Ordinal 8º del artículo 19 del Código de Comercio y consecuencialmente a lo previsto en los Artículos 25 y 26 Ejusdem, pido a Usted se sirva ordenar su inscripción y fijación, para lo cual solicito me expida la copia certificada del mismo. Es justicia en San Cristóbal, hoy fecha de su registro.


Luis Ambrosio Ramírez Sánchez

V-10.153.297





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