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Código Tributario – Actual Texto –– Artículos 97 N° 4 inciso 2° y final, 99, 110, 111 y 112 – Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios – Actual Texto – Artículos 3° y 23 – Código Penal – Artículos 11 N° 6 y N° 7, 15 N° 1 y N° 3, 16, 63, 68


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evidencia material Nº 10 de la Fiscalía y en una cómoda se encontraron una serie de fotocopias de un manual de procedimiento de incautación y búsqueda de vehículos motorizados. Se le exhibe un set de quince fotografías que dan cuenta de la incautación realizada en el domicilio del señor Araya Pulgar, las que se incorporan como evidencia material Nº11 de la Fiscalía, luego de ello concurrió al domicilio de Regidor Lozano donde había un vehículo BMW, supo que se habían encontrado otras facturas. Al exhibírsele las fotocopias de facturas incautadas en el domicilio de Araya Pulgar vendidas yo facilitadas a Manuel Gamboa Jofré, a) Copia de la Factura Nº 00822 del proveedor Sociedad Industrial y Comercial Cabello Jaramillo Limitada, por un monto de $ 1.416.000, b) Copia de la Factura Nº 00831 del proveedor Sociedad Industrial y Comercial cabello Jaramillo Limitada, por un monto de $ 2.442.600, c) Copia de la Factura Nº 001070 del proveedor Eduardo Chaparro Arias, por un monto de $ 2.124.000, d) Copia de la Factura Nº 001056 del proveedor Eduardo Chaparro Arias, por un monto de $ 1.522.200, las reconoce en atención a que él aparece firmando en el formulario de cadena de custodia, las que se tienen por incorporadas como evidencia material Nº12 del Ministerio Público.

8.- Claudio Gerardo Parra Recabal, Cabo 2º de Carabineros, por orden del fiscal Fodich concurrieron al domicilio del señor Norambuena, en la población Prosperidad concurrió con Jorge Sandoval Reyes, los acompañó el señor Carlos Araya quien les dio a conocer el domicilio, el señor Norambuena se negó al acceso voluntario, reconoce al señor Norambuena en la audiencia, se efectúo un llamado a la fiscalía y con una orden de entrada y registro telefónica del Tribunal de Garantía, ingresaron al domicilio, pasaron treinta minutos más o menos y se podía presumir que escondían algo por el ruido y por que habían otras personas, ingresan con la orden y él realizó una fijación fotográfica, de una vista panorámica del domicilio y si encontraba alguna evidencia también las fijaba, habían facturas, una prensa, una tabla con un sello del Servicio de Impuestos Internos, un sobre tamaño oficio que también tenía el sello y se dieron cuenta que era el mismo sello que se utilizó en otras diligencias realizadas, por informaciones de otros colegas sabían el domicilio, pero no exactamente, necesitaban más información, había también una gata, varios talonarios de facturas, y se dieron cuenta que las dos facturas que le encontraron a Araya cuando lo detuvieron eran de uno de esos talonarios, recuerda los giros de ferreterías y agrícolas, cuando retiraron esa caja de talonarios de facturas, tenía ocho o diez talonarios, varios talonarios de cheques bancarios que estaban detrás de un cuadro de una dependencia que era dormitorio, unos timbres fierros cilíndricos los cuales al parecer habían sido utilizados para poder poner el sello en la facturas. Todo fue fijado fotográficamente, reconoce en audiencia un set de diez fotografías que dan cuenta del inmueble, documentos y especies incautadas en el domicilio del señor Norambuena, las que se incorporan como evidencia material Nº 3 de la Fiscalía, la caja se encontraba bajo una cama en un dormitorio, la prensa no tenía indicios de que se hubiese utilizado en la fabricación de quesos de cerdo, en la comparación del sello que estaba en la tabla que se realizó con plasticina se pudo apreciar que era el mismo de las facturas que tenía el señor Araya Pulgar. Se le exhibe en la audiencia, un trozo de madera con marcas de círculos, un sobre blanco medio oficio con dos impresiones de círculos, un timbre de goma con el nombre de colmena golden cross y un timbre de goma con aplicación tipo flecha, un talonario de cheques del Banco BCI de PABLO CORVALAN REYES, series Nros. 3449165 a 344919, un talonario de chaques del Banco Chile de RENE MORALES ROJAS, series Nros. 0621458 a 0621487, una billetera o chequera color negro del Banco BCI, una gata hidráulica, una prensa metálica artesanal, dos trozos de fierro cilíndricos, un trozo de madera, todas estas especies se encontraron el domicilio de Norambuena Pavez, está seguro por cuanto la cadena de custodia está firmada por él, especies que se incorporan como evidencia material Nº4 de la Fiscalía, así también se incautaron una caja con facturas y guías de diversos proveedores, con y sin sellos del Servicio de Impuestos Internos, de proveedor JOSE LINDOR NAVARRETE MUÑOZ, a) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde la N°17401 a 17450 sin muestras visibles de timbraje. El pie de imprenta es Imp. Carmen, RUT: 10.738.024-8 de Peñaflor, Santiago, igual al fondo que presenta el original, b) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 17434 a 17440 sin muestras visibles de timbraje. El pie de imprenta es Pablo A. Contreras, RUT: 4.755.016-7, Curicó, el que difiere al fondo que presenta el original, el cual responsabiliza al RUT: 10.738.024-8 de Peñaflor, Santiago, c) tres facturas con sus respectivos original, duplicado y triplicado desde 17399 a 17401 sin timbraje, d) un Duplicado y triplicado de factura Nº 17393, e) un Talonario con original, duplicado y triplicado de las facturas N°s. 17429 a 17433, se observa muestras de timbraje, pie de imprenta y fondo original distintos. De FRANCISCO HUMBERTO GAJARDO SAZO, a) un talonario de facturas desde 153102 a 153110 sin muestras visibles de timbraje. El pie de imprenta es Pablo Contreras, RUT: 4.755.016-7, de Curicó, distinto al fondo que presentan los originales que señalan al RUT 10.738.024-8 de Peñaflor, Santiago, b) un talonario de facturas desde 153113 a 153116 sin muestras visibles de timbraje. El pie de imprenta es Pablo Contreras, RUT: 4.755.016-7 de Curicó, distinto al fondo que presentan los originales que señalan al RUT: 10.736.024-8 de Peñaflor, Santiago, c) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 153117 a 153150 sin muestras visibles de timbraje, d)un talonario de facturas desde 153069 a 153078, con muestras visibles de timbraje, pie de imprenta y fondo de original presentan diferencias, e) un Talonario con original y triplicado de facturas desde 153079 a 153084, con muestras visibles de timbraje, pie de imprenta y fondo de original presentan diferencias, f) un duplicado y triplicado de factura Nº 153088, con muestras visibles de timbraje, g) un duplicado y triplicado de factura Nº 153090, con muestras visibles de timbraje, h) un original y duplicado de factura Nº 153091, con muestras visibles de timbraje, pie de imprenta y fondo de original presentan diferencias, i) un original de factura Nº 153093, sin muestra de estar timbrada más duplicado y triplicado, j) cuatro originales de facturas desde 153094 a 153097 sin timbrar. Del contribuyente MARIO ALEJANDRO NAVARRO CONTRERAS, RUT: 8.661.770-6, a) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 109 a 145, sin muestras de timbraje. Difieren el pie de imprenta y fondo de original, b)un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 00117 a 00140, sin muestras de timbraje. Difieren el pie de imprenta y fondo de original, c) cinco facturas con su respectivo original, duplicado y triplicado desde 105 a 109, sin muestras de timbraje y difieren en pie de imprenta y fondo de original, d) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 0124 a 0146, sin timbraje, pie de imprenta y fondo son iguales, e) un duplicado y triplicado de factura Nº 98, del contribuyente EDUARDO CHAPARRO ARIAS - RUT: 3.869.652-1, a) un talonario con original, duplicado y triplicado de Guías de Despacho desde 2609 a 2650 sin timbrar, b) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 01175 a 01200 sin timbrar, pie de imprenta y fondo de original iguales, c) facturas desde la Nº 001093 a 001096 con sus respectivos original, duplicado y triplicado. Del contribuyente FERRETERÍA EXPOSICIÓN LIMITADA RUT:77.321.220-1, a) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 35378 a 35410, sin timbrar, difieren el fondo de la factura original y pie de imprenta, b)cuatro facturas con original, duplicado y triplicado desde 35368 a 35371 sin timbrar, difieren el fondo y pie de imprenta. Del contribuyente VICTOR MONTERO CONTRERAS RUT: 3.964.652-8, a) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 000629 a 000650, sin timbrar, b)original, duplicado y triplicado de la factura 628. Del contribuyente MARTA RETAMAL BENAVIDES RUT: 2.845.309-4, a) un talonario con original, duplicado y triplicado de guía de despacho desde 002776 a 002810 sin timbrar, b) tres original, duplicado y triplicado de las Guías sin timbrar desde 2773 a 2775. del contribuyente SOCIEDAD COMERCIAL E INDUSTRIAL CABELLO JARAMILLO LTDA. RUT: 78.068.260-4, a) un talonario con original, duplicado y triplicado de guías de despacho sin timbrar desde 3006 a 3050. Del contribuyente COMUNIDAD SUCESIÓN CESAR OSORIO FLORES RUT 53.187.430-7, a) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 253 a 260 sin timbrar, b) Original, duplicado y triplicado de las facturas Nº 246 y 247, sin timbrar. Del contribuyente ELEODORO MUÑOZ VILLAR:a) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas, desde 027201 a 027250 sin timbrar, b) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas, desde 027155 a 027200 con timbre visible. Del contribuyente JULIO H. VENEGAS MUÑOZ - RUT: 4.269.241-7: a) un talonario con original, duplicado y triplicado de facturas desde 1349 a 1350 con un timbre visible. Del contribuyente JORGE PRUNES MOLLER - RUT: 6.605.482-4: A) un talonario de boletas de ventas desde 01658 a 01700, con timbre. OTROS:A) una factura de Julio Lara Berríos Nº 8949, sin emitir y sin timbre visible, RUT: 5.699.835-7, b) unt triplicado de factura N°.0002942 de Comercio y Servicios Ltda., RUT: 8.305.040-4. Documentación que reconoce y se incorporan como evidencia material Nº 5 de la Fiscalía. Se enviaron estas especies a la Fiscalía, y también trasladaron al señor Noram quien en todo momento señaló que las facturas se las había encontrado en la calle y que las tenía para hacer fuego. No participó en la detención de Araya, éste señaló que el proveedor de las facturas era el señor Abel Norambuena. No puede afirmar que los sellos provienen de la prensa exhibida, ellos colocaron dos tablas, subió la gata y al hacer presión se imprime el sello. En cuanto a los dos fierros no tienen cuño y el sello no estaba en él, no lo encontraron en ese momento, pero presumen que estaba allí.

9.- Jorge Sandoval Reyes, Cabo 1º de Carabineros, hizo diligencias en una investigación tributaria por requerimiento del fiscal Fodich, en un domicilio de la Población Prosperidad, el día 15 de abril alrededor de las once de la mañana, con el cabo 2º Parra y el señor Araya Pulgar quien era imputado de un delito investigado por una denuncia de la Directora Regional del Servicio de Impuestos Internos, el señor Araya sabía llegar, era el domicilio del señor Norambuena, tenía orden de registrar al domicilio si era posible, pero no autorizó así que obtuvieron una orden, registraron y encontraron una caja de facturas con muchos documentos, en un cuadro en la parte posterior encontraron libretos de cheque, en una dependencia destinada a comedor cocina, una prensa, un trozo de madera, con un sello estampado del Servicio de Impuestos Internos, dos fierros cilíndricos que también fueron incautados, un sobre con un timbre del Servicio, al interior de caja habían diez o doce talonarios, en relación a la prensa, el señor Norambuena dijo que era para prenzar chicharrones, que la caja la encontró en la calle y la usaba para prender fuego. Fueron incautadas las especies y el señor Norambuena aceptó concurrir a la Fiscalía y se procedió a su detención. Estas diligencias fueron fijadas fotográficamente por el funcionario Parra, se le exhiben las fotografías incorporadas como evidencia material Nº 3 de la fiscalía y las reconoce. Se le exhiben las evidencias materiales incorporadas bajo los Nºs 4 y 5 del Ministerio Público y las reconoce. En días posteriores siguió haciendo diligencias, recuerda las detenciones del señor Lagos, Olmedo y Norambuena, entre otras, recuerda que el señor Araya le dio los datos para lograr la ubicación del señor Norambuena, reconoce al señor norambuena en la audiencia. Recuerda la incautación en la oficina del señor Espinosa del contribuyente sucesión Doménico Correa, que la llevaba el señor Olmedo, el señor Espinosa la entregó voluntariamente. Se le señaló que en poder del señor Araya se encontró una factura de la sucesión Doménico Correa así que se entró a averiguar sobre ello. Se concurrió al domicilio del señor Olmedo, pero no fue encontrado en el lugar. Al señor Olmedo se le consultó si conocía a Araya y dijo que sí, por que una vez fue a tomar chicha a su casa. El señor Olmedo entró en contacto con Araya y como la contabilidad se la llevaba el señor Espinosa y el señor Lagos le había dicho que tenía muchos gastos y que él le podía ayudar a descontar IVA, esto era a través del señor Araya, hasta ese momento Olmedo no sabía que el señor Araya se dedicaba a eso, Lagos tramitaba las facturas del señor Olmedo a través del señor Araya. El señor Araya fue quien les dio la dirección exacta del señor Norambuena, por eso llegaron allí, ya que no tenían ningún dato. El día 15 de abril encontró ambas chequeras juntas, sabe que el señor Olmedo es el administrador de la sucesión ya que su señora dijo que él era quien estaba a cargo de toda la documentación contable.

10.- Juan Manuel del Carmen Arenas Ortega, vendedor de pescado, lo fueron a ver unos detectives por un asunto de unas facturas, le preguntaron por Abel Norambuena, a quien conoce hace varios años y además porque era su cliente, ya que le vendía pescado, se encontró afuera de un kiosko con él y como le debía plata le pide que vayan a ver una lavadora que tiene mandada a arreglar y una vez allí le pide un favor, que vaya a una imprenta a retirar un talonario de facturas, él le pasó un papel y fue a retirarlas, él en la imprenta firmó un papel en abril del 2003, retiró las facturas y se las entregó a don Abel.

11.- René Augusto Morales Rojas, Médico cirujano desde el año 1957, declara que a su hija María Carolina Morales Artus, que es su secretaria, a principios de abril del año 2003, le robaron su cartera, con documentación en su oficina en calle Carmen Nº 759 de Curicó, al día siguiente hizo una denuncia, las especies sustraídas fueron una chequera del Banco Chile, las llaves del auto y sus documentos de conducción, después les comunicaron que habían aparecido su chequera de una cuenta bi personal y varias más. Ese día el salió unos veinte a quince minutos y no se dio cuenta que pasó porque no estaba allí. El piensa que no fue un extravió por que la cartera la tenía dentro de un cajón de la mesa, así que alguien la tenía que haber sacado.

12.- María Carolina Morales Artus, laboratorista dental, trabaja como secretaria con su padre que es médico en su oficina de calle Carmen 759, en el mes de abril del año 2003, por ahí por el siete u ocho del mes, estaba en la consulta, su padre había salido a un domicilio y le robaron su cartera con llaves de su auto, padrón y una chequera que es bi personal con su padre, se la robaron ya que dejó su cartera en la silla, contestó el teléfono, vio a alguien que salió y desapareció su cartera, fue a Carabineros y al banco, sacó todos los documentos de nuevo, esto tiene que haber sido cerca de veinte para las siete, como ella dejó la puerta junta, alguien entró y se llevó la cartera, no la perdió, alguien se la sacó, en el lapso que la dejó y ella contestó una llamada telefónica en el lugar donde su padre atiende pacientes, sintió que sonó la puerta por que ella le tiene unas cositas que suenan, era una cartera de mezclilla, una chequera del Banco Chile bi personal a nombre de ella y de su padre, la que se le exhibe y la reconoce como la que le fue robada ese día y que se incorporó como evidencia material Nº 4, no le llegó ningún cheque cobrado, supo que había sido encontrada por que la citaron de la Fiscalía, supo que había aparecido en la casa de alguien, pero no sabe de quien.



13.- Paula Andrea Santelices Pardo y 14.- Pablo Flavio Corvalán Reyes, quienes declaran que el día domingo 2 de marzo fueron a misa en un chevrolet chevette, el que dejaron cerrado con llave, al salir de misa se dieron cuenta que les habían quebrado el vidrio del lado derecho trasero del auto, él llevaba un bolso porque tenía que irse al sur y en él estaba una chequera, fueron a Carabineros y no le tomaron la denuncia, dieron aviso para bloqueo de las tarjetas y ella al otro día fue a dar aviso al banco, la chequera era del Banco de Chile, el vehículo estaba fuera de la iglesia La Merced en Chacabuco, ambos reconocen la chequera que se les exhibe y que se incorporó como evidencia material Nº4 de la Fiscalía, después a ella la llamaron de la Fiscalía para señalarle que habían encontrado la chequera, en la Fiscalía reconoció la chequera del Banco de Crédito, al talonario le faltan algunos cheques. El señala que él la echó dentro del bolso y no existe ninguna posibilidad que se le hubiese perdido.

15.- Hugo Arnaldo Soto López, Inspector de la Policía de Investigaciones de Curicó, se le ordenó concurrir a la fiscalía y entrevistaron Pedro Mejías Araya junto al fiscal, quien señaló que las facturas que tenía eran producto de venta de neumáticos que realizó con un señor Pérez en la ciudad de Santiago y no sabía que eran falsas, lo carearon con Araya y señaló que lo conocía de vista por un trabajo y Araya dijo que lo conocía porque éste en la plaza de armas se le acercó consultándole si tenía la posibilidad de obtener facturas y tenía muchas ventas y lo contactó con Abel Norambuena quien llegó con varias facturas de Humberto Gajardo Sazo, declara que le hizo entrega de $90.000.- a Pedro Mejías se lo careó con Abel Norambuena y ellos señalaron que no se conocían, ni habían hecho ningún negocio, pero Pedro Mejías luego opta decir que las facturas de Gajardo Sazo, efectivamente se las había comprado a Carlos Araya Pulgar, que se juntan y éste le entrega las facturas y cuando se las entrega las llenaba Araya por montos que Mejías le señalaba, que le pagó $190.000.- por ellas, señala que tenía conocimiento que Carlos Araya vendía facturas y que tenía una oficina en Argomedo en donde se dedicaban a vender IVA era una oficina bruja, respecto de otras facturas, que no eran de Gajardo Sazo, señaló que las había conseguido a través de su ex contadora Beatriz, quien las conseguía en Santiago y él pagaba el 50% del IVA. Don Pedro señaló que se contactó con un trabajador o un cuidador que tenía en su casa y le contó que poco después de estar detenido Araya hubo una quema de facturas que Carabineros no encontró en los allanamientos, también dijo que a un parquimetrero al momento de ser detenido Araya le entregó un cheque por treinta millones, pero eso, no se pudo establecer. Se entrevistó a Daniel Rojas quien era cuidador de la casa de Araya y señaló que cuando supo que fue detenido concurrió con Rolando Rojas y escuchó que Araya le dijo que fueran a su casa a quemar toda la documentación y facturas que no encontró Carabineros, las que también estaban en una bodega, esa misma noche sacaron varios papeles y Rolando Rojas le decía que tenía que quemar e hicieron una fogata al fondo del patio, recuerda que eran unas facturas de Unifruti. Concurrieron al domicilio y ubicaron en el mismo lugar que señaló el cuidador en el fondo del patio costado nororiente una fogata con papeles quemados y cenizas, se fijó fotográficamente y se envió a la Fiscalía, se le exhibe un set de dieciséis fotografías que dan cuenta de la quema que se encontró en la casa de Araya Pulgar ubicada en Regidor Lozano Nº1054 de Curicó, el día 14 de mayo del año 2003, las que reconoce y se incorporan como evidencia material Nº 17 de la Fiscalía, él no puede precisar si eran facturas o no. Entrevistó junto a personal de Servicios del Impuestos Internos, se realizaron varios registros a oficinas contables y a domicilios, se incautaron evidencias sugeridas por el Servicio de Impuestos Internos y en una oportunidad ingresaron al domicilio de Carlos Araya, donde se tomaron fotografías, concurrió a diversas ciudades en busca de las originales de facturas del fraude tributario. Se entrevistó a Beatriz Maturana quien señaló que trabajó en una oficina de Hormazábal en donde se dedicaban a vender facturas a mucha gente, le trabajó muchos años y ella iba a los buses Andimar a buscar facturas que mandaba Francisco Navarro Fuentealba, reconoce que ella consiguió las facturas a petición de Mejías, que ella dejó de trabajar para Ricardo Hormazabal y se conseguía directamente con el señor de Santiago a petición de Mejías, le efectuaba los depósitos mediante entel. Ella fue detenida junto a las demás personas. Concurrió a Parral y entrevistó a un señor Navarrete, no se incautó documentación pero las facturas que se tenían de él correspondían al año 1995, por lo que no podían existir en la contabilidad del año 2002 o 2003, señaló que ya lo habían citado al Servicio por otras facturas, que sus facturas originales no eran por montos tan altos. En Santiago y Chimbarongo también visitó gente. Al señor Espinosa le consultó por la factura de una señora Pairoa cuya contabilidad la llevaba un señor Lagos Escudero, buscó en los libros de venta y la 810 correspondía a diciembre del año 1998 y la factura se encontraba nula en los documentos y al ser declarada nula debía ser guardada en triplicado pero no se encontraba, don Eduardo señaló que su empleado abusó de su confianza y lo despidió al saber que estaba detenido. También fue a Talca donde Francisco Humberto Gajardo Sazo a retirar las facturas originales y dos formularios Nº 29, los duplicados de facturas Nºs 153101, 153100, 153107, 153066, 153124, 153041, 153056, 153099 y 153052, también incautan dos libros de compras y ventas de Francisco Gajardo Sazo y un formulario Nº29 de Julio Lara Berríos del período febrero del año 2002, documentos que se le exhiben, reconoce y se incorporan como evidencias materiales Nº 18, 19 y 20 de la Fiscalía, respectivamente. La declaración de Carlos Araya tuvo que haber influido en el cambio de versión de Mejías. Respecto de la declaración de Mejías él fue el primero que señaló que la señora Beatriz adquiría facturas en la ciudad de Santiago, la que podría ser una línea de investigación. El señor Mejías no mencionó a Abel Norambuena e incluso en el careo señalaron que no se conocían. Y en la declaración de doña Beatriz señaló que el señor de Santiago proveía facturas a Hormazábal y a través del señor Mejías lo contactó con Carlos Araya.

16.- Ramón José Horacio Allende Leyton, es agricultor, tiene una sociedad con servicios agrícolas “Los Koiwes” y su señora Patricia Welkner Olea tiene giro como agricultora, tenía como contador a Eduardo Espinosa y en esa oficina su contabilidad la llebava Juan Lagos, el recibió una citación por parte de la Fiscalía de Curicó, era por revisión de su contabilidad, le presentaron una factura que no conocía hasta ese momento, la Nº 153099, 153052 y 153056, de Francisco Gajardo Sazo, de José Navarro la N°00096 y de Eduardo Chaparro Arias la N°001090 los documentos se le exhiben, los reconoce y se incorporan como evidencia material Nº24, estos documentos no son de él, el señor Lagos le dijo que tenía muchas utilidades y que debería llevar gastos a su contabilidad y él le dijo que lo haría, que él sabía y él sólo tenía que pagar el impuesto y así la podía meter en gastos a sus sociedades, él no iba casi nunca a la oficina del señor Lagos. Después se enteró que él no necesitaba llevar gastos, por que tributaba en base a renta presunta. Ese IVA que se declaró en esas facturas era un gasto que tenía que aparecer en su contabilidad, pero él no hizo los gastos, Lagos le dijo que generaba mucha utilidad y debía rebajarlos, diciéndole que era normal porque él se dedicaba a eso, el confío en él de buena fe. Al llamarlo a aclarar contradicciones en virtud del artículo 332 del Código Procesal Penal, señala que él le señaló que era naturalmente legal por lo que como es ignorante en el tema accedió a ello. El pagó el 100% del IVA, pero tuvo problemas con el Servicio, negoció con él y le queda una cuota.



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